Declaración Jurada Anual
Declaración Jurada Anual
Redacción EC

A partir del 6 de marzo se podrá realizar la declaración anual 2022 con el , el cual sirve declarar rentas de primera categoría (alquileres), rentas de segunda categoría y rentas de trabajo y/o fuente extranjera.

Al respecto, Giorgio Balza, asociado principal de Cuatrecasas, explicó que esta obligación la tiene toda persona que tenga la condición domiciliada en el país para efectos tributarios y que perciba rentas del trabajo de fuente peruana y/o rentas de fuente extranjera.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada Anual?

Según la página de la SUNAT, están obligados a presentar la declaración del Impuesto a la Renta las personas naturales, sucesión indivisa y sociedad conyugal que:

a) Determine deuda a pagar.

b) Arrastre saldos a favor de ejercicios anteriores y lo apliquen contra el impuesto, o hayan utilizado dichos saldos contra los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría durante el 2022.

c) Determine saldo a favor como perceptores de:

d) Rentas de Cuarta categoría o rentas de Cuarta y Quinta categoría.

e) Rentas de Cuarta y/o Quinta categoría, y rentas de Fuente Extranjera que correspondan ser sumadas a estas.

f) Si hubieran percibido rentas de Cuarta y/o Quinta categoría y atribuyan gastos por arrendamiento y/o subarrendamiento a sus cónyuges o concubinos.

g) Si hubieran percibido exclusivamente rentas de Quinta categoría que determinen saldo a favor, por la deducción de gastos de arrendamiento o subarrendamento de inmuebles situados en el país.

Cuarta categoría

Cuarta Categoría

Las rentas de Cuarta categoría corresponden a servicios prestados sin relación de dependencia, es decir, a trabajos prestados en forma independiente. Si la renta de Cuarta categoría se complementa con explotaciones comerciales o viceversa, el total de la renta que se obtenga se considerará como renta de Tercera Categoría.

Quinta categoría

Quinta categoría

Los ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, tales como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.

Además, se consideran rentas de Quinta categoría a los ingresos obtenidos por la prestación de servicios considerados como renta de Cuarta categoría, efectuados para un contratante con el cual se mantenga simultáneamente una relación laboral de dependencia.us vel potenti condimentum pulvinar.

¿Quiénes no están obligados a presentar la Declaración Jurada Anual?

Las personas que no se encuentran obligadas a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2022 son aquellas no domiciliadas en el país que obtengan rentas de fuente peruana.

Además, no se encuentran obligados a presentar la declaración aquellos sujetos domiciliados que solo perciben rentas de quinta categoría y que no determinan saldo a favor, así como los sujetos no domiciliados por sus rentas de fuente peruana.

De acuerdo con el marco tributario local, toda persona tiene derecho a la deducción general correspondiente a 7 Unidades Impositivas Tributarias (). Por tanto, los trabajadores están libres de pagar impuestos por los primeros S/32.200 que perciban durante todo un año. Cabe mencionar que, para el 2022, el valor de una UIT fue de S/4.600.

Calendario

Último dígito del RUC y otrosFecha de vencimiento
024 marzo 2023
127 marzo 2023
228 marzo 2023
329 marzo 2023
430 marzo 2023
531 marzo 2023
63 abril 2023
74 abril 2023
85 abril 2023
910 abril 2023
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC11 abril 2023

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