Conoce los pasos que debes seguir para solicitar el retiro de tu AFP. (Foto: Andina)
Conoce los pasos que debes seguir para solicitar el retiro de tu AFP. (Foto: Andina)
Redacción EC

Con la publicación de la ley de retiro de las 4 UIT de las AFP, corre el plazo para que la SBS publique el procedimiento operativo. Con ello, los procedimientos para la devolución son más cortos. Así lo comentó el profesor de finanzas de la Universidad del Pacífico, en el podcast Tenemos que Hablar de El Comercio.

“Ya los tiempos que se tenían para que se concrete el retiro se aceleran. Ahora solo faltan dos pasos. El primero que la SBS, dentro de 15 días calendario, publique el procedimiento operativo. Esto como máximo debe salir el 3 de mayo”, explica.

Carrillo precisa que, una vez publicado el procedimiento operativo, el ingreso de solicitudes tampoco es inmediato. “Recordemos que en oportunidades anteriores la SBS da un plazo de una semana o 10 días para iniciar. Porque debe darse un tiempo razonable a las AFP para el proceso. Se debe armar un calendario de retiros que, como ha sido en anteriores oportunidades, está en función al número del DNI”, asevera y estima que los primeros desembolsos sucederían en junio.

Los afiliados presentan su solicitud de manera física o virtual dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley. Cabe recordar que, desde que se ingresó la solicitud, empieza a correr un plazo de 30 días para recibir hasta S/5.150 -la primera UIT-. Las siguientes tres UIT se entregan cada 30 días.

En el caso de que el afiliado desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), puede solicitarlo por única vez a la AFP diez días calendario antes del siguiente desembolso.

En la autógrafa publicada también se indica que los fondos a retirarse mantienen su condición de intangibles, es decir, no pueden ser objeto de descuentos, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa. No obstante, ello no aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

Se estima que unas 7 millones de personas podrán acceder hasta S/20.600 de sus cuentas individuales.



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