Retiro del 100% de la CTS se puede hacer efectivo desde este miércoles 5 de mayo. (Foto: Andina)
Retiro del 100% de la CTS se puede hacer efectivo desde este miércoles 5 de mayo. (Foto: Andina)
Lucero Chávez Quispe

Este martes, un día después de culminar el plazo establecido, el publicó el reglamento operativo para realizar el retiro de hasta el 100% del fondo de la Compensación por Tiempo de Servicios (), incluyendo los intereses generados.

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La norma que busca otorgar liquidez a los trabajadores entra en vigencia desde este miércoles 5 de mayo. A continuación resolvemos junto a Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School, las preguntas más frecuentes alrededor del retiro del fondo de CTS.

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¿Quiénes pueden solicitar el retiro?

De acuerdo a la norma, el retiro de la CTS lo pueden realizar los trabajadores del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 650, independientemente del régimen laboral al que se sujeten. Asimismo, alcanza a los trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y a servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 728.

¿Hasta cuándo se puede hacer el retiro?

La norma aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el Poder Ejecutivo señala que el plazo máximo para solicitar el retiro de la CTS es hasta el 31 de diciembre de 2021.

Asimismo, la norma no hace mención a cuántas veces uno puede realizar retiros. A modo de ejemplo, Carrillo señala que este miércoles se podría realizar el retiro del 100% de la CTS actual; mientras el 15 de mayo y el 15 de noviembre (fechas en las que el empleador realiza el depósito de la CTS a la entidad bancaria), realizar un segundo y tercer retiro.

No obstante, recomendó mantener el dinero en la cuenta de CTS, pues suelen ser las que mejor tasa de interés pagan en el sistema financiero.

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¿Cómo se realiza la solicitud de retiro?

  • Los trabajadores deberán enviar una solicitud —ya sea verbal, por teléfono o por correo— a la entidad financiera donde tengan depositada la CTS. Este procedimiento se podrá hacer de forma remota o virtual.
  • Se podrá especificar si se desea hacer un retiro parcial o total del dinero en la CTS, así como la cuenta en la que querrá recibir los recursos.
  • Una vez que reciba la solicitud, la entidad financiera contará con un plazo máximo de 2 días hábiles para efectuar la transferencia de dinero.
  • Carrillo aclara que “no hay que pedir permiso de la empresa” para realizar este retiro.

¿En qué casos el retiro es automático?

El profesor de Pacífico Business School señala que en caso usted tenga su cuenta CTS y su cuenta sueldo en la misma entidad bancaria, la transferencia debería demorar pocos segundos. “Es la misma entidad, no habría razón para que demore”, indica.

Pero, añade, si se realiza la transferencia de una caja municipal a un banco, podría demorar más la transferencia (como máximo dos días hábiles según el reglamento).

¿Cómo saber en qué entidad está mi CTS?

Lo más probable, explica Carrillo, es que la cuenta de CTS esté en la misma entidad bancaria donde le depositan el sueldo. Sin embargo, lo más conveniente es consultar con el área de Recursos Humanos de su entidad empleadora para tener la respuesta definitiva.

¿Es recomendable realizar el retiro?

El especialista recomienda hacer un uso racional del dinero, y retirar los fondos en función de nuestras reales necesidades.

Si es que me quedé sin trabajo en cuarentena del año pasado y generé deudas. O si estoy trabajando pero me redujeron sueldo y tengo problemas para llegar a mi presupuesto, o para un gasto relacionado al COVID-19, tendría sentido retirar dinero y sanear ese tema”, indicó. Sobre todo, subrayó, si es que cuenta con deudas en tarjetas de crédito, que son de las más caras de sistema financiero.

Caso contrario, hay que procurar no tocar ese dinero, pues el propósito de la CTS es brindar un soporte previsional en caso su vínculo laboral culmine.

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