Este 8 de octubre, fecha en que se conmemora el Combate de Angamos, será laborable según anunció el presidente Martín Vizcarra. Esta decisión, informó, se toma en el marco de la reactivación de la actividad económica.
Esta medida ha generado algunas preguntas en los distintos sectores, debido a que se trataba de un día en el cual un trabajador que asistiera su centro de labores podría generar el triple de ingresos. Teniendo en cuenta que se trata de un día que se considerará laborable, ¿aplicará esta misma condición?
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Susy Olaechea, abogada laboralista del estudio Legalcor Abogados, comentó que en primer lugar, el Gobierno tendría que emitir un Decreto de Urgencia para dejar sin efecto de forma extraordinaria únicamente el feriado que comprende el día 8 de octubre.
Ante ello, ¿aún se contemplaría el triple pago? La especialista señala que las personas que trabajen en esta fecha recibirán su pago habitual por el día laborado.
“Por ejemplo, si un trabajador gana S/ 80 diarios, percibirá este mismo monto por tratarse de un día de labores como cualquier otro”, expresó.
En virtud de ello, el trabajador no recibiría ninguna remuneración extraordinaria como años anteriores. Este día tampoco estará sujeto a descanso sustitutorio.
Ahora, ¿habrá algún tipo de flexibilidad? Por tratarse de un día que se declararía laborable, el personal deberá prestar servicios de forma regular. “Si el trabajador no asiste a trabajar, se le podrá descontar ese día”, añade Olaechea.
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Si por diversos motivos el trabajador no puede presentarse, podría coordinar algunos de los distintos tipos de licencias o permisos. Lo que también podría hacer es solicitar un día de descanso a cuenta del período vacacional. “Para dichos efectos, deberá llegar a un acuerdo con el empleador, el cual deberá ser por escrito y previo al goce de este”.
Finalmente, la especialista indició que, “si bien el horario de trabajo de este 8 de octubre será el usual, este podría ser modificado por decisión del empleador”.
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