La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció que desde este sábado 4 de octubre, todos los trabajadores independientes menores de 41 años que se afiliaron al Sistema Privado de Pensiones podrán solicitar a su AFP la devolución del dinero que se les descontó entre el 2013 y el 2014, pero la rentabilidad generada será retenida en la cuenta individual a nombre del afiliado, de acuerdo con la interpretación legal de la SBS.
Esto, en cumplimiento de la Ley Nº30237, aprobada por el Congreso de la República y publicada por el Poder Ejecutivo el 17 de setiembre del presente año, que anuló la obligación para este tipo de trabajadores de aportar a un sistema previsional y que ordenó la devolución de los descuentos realizados tanto en el 2013 como en el 2014.
"En el caso de los independientes que deseen retirar sus aportes obligatorios, la ley dispone la devolución del íntegro de lo descontado en sus recibos por honorarios en materia pensionaria (lo que se destinó para su fondo pensionario, la comisión de la AFP y la prima de seguro de invalidez y sobrevivencia). Dado que la ley no establece el tratamiento de la rentabilidad que haya podido generar los fondos, esta se mantendrá en sus cuentas individuales", afirmó.
Detalló que los trabajadores independientes que deseen retirar sus aportes obligatorios, deberán solicitarlo a su AFP, a través de los canales que estas entidades han puesto a disposición para este fin: presencial en la agencia de la AFP, correo electrónico, correo postal o página web.
Indicó que las AFP tienen un plazo máximo de siete días útiles después de recibida la solicitud, para proceder con la devolución de los aportes.
En el caso de los que se afiliaron al Sistema Nacional de Pensiones a través de la ONP, estos podrán solicitar la devolución desde este lunes en las agencias del Banco de la Nación, reembolso que se hará efectivo en un plazo máximo de 14 días.
DEVOLUCIÓN OPCIONAL
Recordó que la ley deja a elección del trabajador independiente, si solicita o no la devolución de los aportes obligatorios pensionarios realizados a su AFP.
"Esta medida comprende tanto a los trabajadores independientes menores de 41 años que ya estaban afiliados a las AFP Integra, Prima y Profuturo y que realizaron sus aportes obligatorios, como a los nuevos trabajadores independientes que se afiliaron a la AFP Habitat", indicó.
Afirmó que los independientes que decidan mantener sus aportes, no necesitarán realizar trámite alguno, pues estos se mantendrán en su cuenta individual, para que puedan seguir aportando a su fondo de pensiones jubilatorio de forma voluntaria.
De acuerdo con lo que dispone la Ley Nº30237, no hay una fecha límite para que los trabajadores independientes soliciten la devolución de sus aportes obligatorios ante su AFP.
Para orientación y consultas puedes comunicarte con tu AFP o con la SBS, a través de su línea gratuita 0800-10840 o visitando el portal institucional www.sbs.gob.pe.