La medida del Ejecutivo responde a que algunas competencias que debería asumir la ATU siguen siendo ejercidas por la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico. (Foto: GEC)
La medida del Ejecutivo responde a que algunas competencias que debería asumir la ATU siguen siendo ejercidas por la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico. (Foto: GEC)
/ ALESSANDRO CURRARINO
Redacción EC

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao () podrá actuar en determinados actos o actividades vinculadas a la fase de Ejecución Contractual de los proyectos referidos a la Red Básica del y Callao, según decreto de urgencia (DU) emitido este martes.

El DU Nº 010-2020, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones () podrá designar a la ATU como organismo técnico especializado y encargarle funciones en los contratos vigentes de asociación Público-Privada (APP) del Metro de Lima.

Esto regirá en tanto no se suscriban los acuerdos para la cesión de posición contractual a favor de la ATU.

En ese sentido, la norma señala que el MTC se mantendrá como entidad pública titular en los contratos de concesión vigentes de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, celebrados con anterioridad a la fecha de publicación de la Ley Nº 30900, hasta la cesión de posición contractual correspondiente.

Cabe señalar que esta medida del Ejecutivo responde a que algunas competencias que debería asumir la ATU siguen siendo ejercidas por la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao (AATE).

La norma lleva las firmas del presidente de la República, Martín Vizcarra; del presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos; de la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo.

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