El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) publicó el Decreto Supremo que aprueba el reglamento del Bono Alimentario de S/ 270 y en el que menciona los requisitos para acceder este beneficio económico, a fin de mitigar el impacto en su economía ante el incremento de precios de los productos.
Cabe señalar que esta ayuda económica ya se está entregando a los beneficiarios de los programas sociales Juntos, Pensión 65 y Contigo.
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¿Cuánto debe ser mi ingreso mensual para recibir el Bono Alimentario?
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) sostuvo que serán beneficiarios los hogares cuyos integrantes no se encuentren registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa.
Asimismo, el ingreso mensual de dichos hogares no debe superar el sueldo mínimo; es decir, los S/1.025.
¿Cuáles son los otros requisitos para ser beneficiario del Bono Alimentario?
De acuerdo al Midis, los potenciales beneficiarios del Bono Alimentario son ciudadanos mayores de edad (18), que tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Los hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), que administra el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).
- Los usuarios de los programas sociales Juntos, Contigo y Pensión 65, a excepción de los beneficiarios de la subvención extraordinaria adicional dispuesta por el artículo 20 de la Ley N° 31538.
¿Quiénes serán excluidos del Bono Alimentario?
La norma señala que quedan excluidos para recibir este subsidio:
- Ciudadanos que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos administrada por la Contraloría.
- Integrantes con cargo de congresista, alcalde de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros regionales, vicegobernadores regionales, prefectos, subprefectos y/o tenientes gobernadores.
Modalidades de pago
Según el reglamento, los beneficiarios podrán cobrar el bono de S/270 en:
- Depósito en cuenta.
- Billetera digital.
- Cuenta DNI del Banco de la Nación.
- Cobro en ventanilla.
- Otros que se implementen en coordinación con las entidades financieras con las que se disponga de convenios vigentes.