CCL: Este año 16 empresas aspiran a convertirse en franquicias
CCL: Este año 16 empresas aspiran a convertirse en franquicias
Redacción EC

La Cámara de Comercio de Lima () se mostró en desacuerdo con la nueva Ley 30660 que dispone que solo las personas naturales, microempresas, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) podrán acceder al beneficio de la extinción de por errores en las declaraciones juradas ante .

"La extinción de multas abusivas, que debería ser aplicable a todos los contribuyentes, fue aprobado por insistencia del Congreso de la República decisión que no compartimos por ser una disposición discriminatoria que vulnera el principio de igualdad tributaria descrito en el Art 74 de la Constitución", manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL en un comunicado.

La nueva norma fue publicada el pasado 29 de setiembre en el diario oficial El Peruano y dispone extinguir aquellas multas pendientes de pago por infracción prevista en el numeral 1 Art. 178 del Código Tributario.

Es decir que las personas naturales y Mipymes ya no pagarán las multas por presentar datos falsos en sus declaraciones juradas presentadas entre el 6 de febrero del 2004 y el 30 de diciembre del 2016.

Para tal aprobación, la Comisión de Constitución del Congreso  argumentó que el Ejecutivo no tuvo facultades para extinguir multas, aunque estas sean arbitrarias o abusivas para todos los contribuyentes. Pero, en todo caso –insistió el Congreso–, estas multas solo deben extinguirse para las personas naturales y las Mipyme, y no para la gran empresa.

"En nuestra opinión, si el Ejecutivo no tuvo facultades para perdonar multas abusivas, dicho perdón no puede aplicarse solo a las personas naturales y a las Mipyme excluyendo a las demás empresas, como lo ha dispuesto el Congreso", anotó Víctor Zavala.

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