El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) emitió su decisión en el proceso arbitral iniciado por las empresas Kuntur Wasi y Corporación América contra el Estado peruano respecto al contrato de concesión del Aeropuerto Internacional de Chinchero, en Cusco.
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El Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión (Sicreci) informó que el tribunal rechazó más del 80% de los daños reclamados por las empresas demandantes.
Como se recuerda, Kuntur Wasi presentó en junio del 2018 una demanda ante el CIADI contra el Estado peruano, por la resolución del contrato de concesión del Aeropuerto Internacional de Chinchero en Cusco que se produjo en el 2017 bajo la causal de “interés nacional”.
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“En particular, el tribunal rechazó el reclamo de las demandantes de obtener compensación correspondiente a un supuesto lucro cesante”, agregó.
Además, el Sicreci aseguró que, con respecto a las alegaciones por daños relacionados con la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito entre el Perú y Argentina (APPRI Perú-Argentina), el tribunal también rechazó el método propuesto por las demandantes por ser especulativo, y concluyó que la cuantificación de daños deberá basarse en los montos invertidos, y no en un alegado lucro cesante.
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Por lo tanto, consideró que la posición del Estado peruano prevaleció sobre varias de las reclamaciones presentadas por las demandantes, incluyendo el método para determinar cualquier compensación bajo el contrato de concesión y el derecho internacional.
“Conforme a lo instruido por el tribunal arbitral, las partes deberán presentar información complementaria sobre ciertos aspectos relacionados a los daños, incluyendo el interés aplicable, a fin de que se pueda emitir un laudo final sobre la controversia”, indicó.
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“El Estado peruano, en conjunto con sus abogados externos, evaluarán la decisión cuidadosamente y adoptará todas las acciones necesarias para proteger los altos intereses del país y el erario público en el presente arbitraje”, añadió.
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