En la comisión señalaron que las sanciones administrativas demostraron ser insuficientes para desincentivar los actos de acaparamiento. (Foto: GEC)
En la comisión señalaron que las sanciones administrativas demostraron ser insuficientes para desincentivar los actos de acaparamiento. (Foto: GEC)
Redacción Economía

La Comisión de Defensa del Consumidor del aprobó el pasado jueves por insistencia el dictamen mediante el cual se propone castigar con cárcel a aquellos que cometan y especulación en las zonas declaradas en estado de emergencia.

Así sucedió luego de que el Ejecutivo observara dicha autógrafa que fue enviada por el Pleno sobre la base del documento. En las observaciones emitidas, se había manifestado que no existía evidencia empírica “que demuestre que las medidas administrativas que protegen el libre mercado han fallado”.

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Subrayaron, asimismo, que el delito de acaparamiento fue derogado en el Código Penal.

Tras analizar lo expuesto por el Ejecutivo, los miembros de la Comisión de Defensa consideraron que muchos de los precios cobrados por bienes y servicios esenciales durante la pandemia evidenciaron que las medidas administrativas son insuficientes para garantizar el acceso general de las personas a los mismos.

En línea con ello, el presidente de la comisión, José Luna Morales, del partido Podemos Perú, anotó que “no existe prueba empírica de que el control previo de Indecopi sirve y es útil para prevenir y sancionar prácticas de abuso y posición de dominio en el mercado”.

“Recordemos que somos una economía social de mercado, no de libre mercado como nos quieren hacer creer”, añadió, anunciando también que se buscará debatir la insistencia en el Pleno del Congreso, el cual está programado para este jueves.

En tanto, la congresista Zenaida Solís, del Partido Morado, reafirmó que las sanciones administrativas demostraron ser insuficientes para desincentivar los actos de acaparamiento.

Vale resaltar que, con la propuesta, se modificaría el artículo 233 del Código Penal. Además de ello, el que provoca escasez o desabastecimiento de bienes y servicios esenciales para la vida mediante el acaparamiento podría recibir una pena de entre cuatro y seis años.

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