Ayer, el pleno del Congreso aprobó por mayoría la llamada “ley antimonopolio”, mediante la cual se podrá agilizar la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia 013-2019, que establece un régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial.
Según recordó David Kuroiwa, asociado del área de Competencia del Estudio Payet, tras la llegada de la pandemia, se retrasó la entrada en vigencia de la norma hasta marzo de 2021. “El DU 013-2019 generaba que la norma [antimonopolio] entrara en vigencia este año; pero con la pandemia se modificó en mayo para que entre en vigencia el 1 de marzo de 2021”, dice el especialista a El Comercio.
MIRA: Ley antimonopolio: Pleno del Congreso aprueba norma para control de fusiones empresariales
Así las cosas, si el Ejecutivo no observa la iniciativa, esta podría entrar en vigencia “con mucha mayor anticipación a marzo de 2021”.
EL ALCANCE
La norma faculta a la Comisión de Defensa y Libre Competencia del Indecopi a actuar de oficio en los casos en los que se determine que una concentración provoca posición de dominio en el mercado. A nivel general, informó, se establecen parámetros para que las operaciones que superen los mismos sean objeto de análisis.
“Este proyecto le está dando facultad al Indecopi para que actúe de oficio si es que encuentra indicios razonables de que una concentración puede generar posición de dominio. afectando la competencia. ¿Qué quiere decir esto? Que inclusive, existe la impresión, de que si no se superan los umbrales, el Indecopi también podría analizar una operación", comentó Kuroiwa.
"[...] Lo que se genera es un estado de incertidumbre en el cual cualquier operación podría ser objeto de análisis. Esto podría restar predictibilidad”, agregó.
A su turno, Enrique Felices, socio de Miranda & Amado, anotó que en medio de este contexto –donde “muchas empresas necesitan liquidez y salvataje”– esta medida podría ser percibida negativamente.
“Una empresa en dificultades necesita cambiar de manos, y poner un control de concentraciones ahora podría no ser el mejor mensaje”, resaltó. “[...] Preferiría que se hubiera mantenido marzo [de 2021] porque le hubiera dado predictibilidad al mercado”.
Asimismo, objetó que la norma recientemente aprobada mantenga a Indecopi como el organismo competente en un caso particular: cuando se trata de evaluar la operación de concentración de una empresa que recibe ahorros de las personas y que está en una situación que requiere de salvataje financiero. Antes, se determinó que dicho proceso estaría en manos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y ahora este recae en manos de la entidad fiscalizadora.
“Yo creo que eso es problemático, porque estamos hablando de un escenario muy excepcional donde el interés prioritario es rescatar esos ahorros de personas que han confiado en el sistema y que requieren de la intervención de un tercero. [...] Me parece que hacer que Indecopi decida en un tema tan técnico, y que además tiene una urgencia propia que deriva de su propia naturaleza, sí es contraproducente”, sostuvo.
Al respecto, la SBS calificó mediante un comunicado que es “preocupante” que en este documento se haya eliminado su rol de autorizar las fusiones que involucren entidades financieras con riesgos relevantes.
VIDEO RELACIONADO
TE PUEDE INTERESAR
- Indecopi inició investigación por dumping en importación de tejidos originarios de China
- Gremios opinan sobre una posible salvaguardia al sector textil, ¿sería una medida efectiva?
- Hania Pérez de Cuéllar, presidenta de Indecopi: “Debemos mejorar nuestra comunicación con el consumidor”
- Indecopi propone “mejorar” ley concursal: ¿Qué debería modificarse para evitar infracciones como en Universitario?
- Solo 3 empresas solicitaron acceder al PARC: ¿Qué mejoras sugieren los expertos para el procedimiento?