Apuesta. El COVID-19 ha forzado a la educación pública y privada a migrar a la educación a distancia. (Foto: César Campos/ GEC)
Apuesta. El COVID-19 ha forzado a la educación pública y privada a migrar a la educación a distancia. (Foto: César Campos/ GEC)
Paola Villar S.

Este sábado el Pleno del aprobó en segunda votación una reforma constitucional para modificar el artículo 16 de la Carta Magna, con el objetivo de establecer que el Estado debe invertir no menos del 6% del producto bruto interno (PBI) anualmente en el sector .

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La iniciativa fue aprobada con 94 votos a favor, 6 en contra y 15 abstenciones, mientras que la sustentación del proyecto estuvo a cargo del congresista de la bancada Alianza Por el Progreso (APP) Omar Chehade, quien además preside la Comisión de Constitución y Reglamento.

Nuevamente, el Congreso no consideró ningún análisis ni opinión técnica de entidades como los ministerios de Economía y Finanzas () y de Educación (Minedu); similar al escenario del pasado 5 de julio, cuando el Parlamento aprobó dicha iniciativa en primera votación y en una sesión que se realizó en la madrugada.

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En julio de este 2020, la entonces ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, escribió en su cuenta de Twitter que, “lejos de ser un aporte”, el proyecto para destinar no menos del 6% del PBI a Educación es “un obstáculo en la reforma educativa que el Perú necesita”. “Dicho proyecto carece de sustento técnico, tiene visos de inconstitucionalidad y afecta el presupuesto público, en una situación de pandemia”, indicó Alva.

LOS PROBLEMAS

Tal como señala la ministra, existen diversos defectos en la iniciativa del Congreso que detallan expertos consultados por El Comercio. Para Hugo Ñopo, investigador principal de Grade, uno de los problemas es poner una meta de inversión sobre algo que fluctúa como el PBI. Como ya es conocido, este año el producto estará particularmente afectado por la crisis del COVID-19, con lo cual una cifra establecida como el 6% obligaría a que el presupuesto se mueva sobre algo que cambia con el tiempo.

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Tres cuartas partes del gasto educativo son el salario de los profesores. Es un sinsentido que los salarios de los profesores fluctúen. Es absolutamente incorrecto [el criterio elegido por el Congreso] y pone los incentivos de manera bastante perversa”, dice Ñopo.

El especialista agrega que es evidente la necesidad de invertir de mejor manera en calidad educativa; sin embargo, considera que ello no puede realizarse de la noche a la mañana.

¿Cómo vamos a saltar de 3,7% del PBI a 6%, incrementando de golpe en casi 80%? Hoy no hay forma de que el sistema educativo pueda absorber todo ese salto en el gasto. Es como si en un cuerpo humano, una persona desnutrida come 1.000 calorías al día y de la noche a la mañana la quieres llevar a la dieta normal de 2.000 calorías por día. Es imposible, el cuerpo no va a aguantar”, añade.

Hugo Ñopo: “Tenemos que invertir mejor en la calidad educativa. Pero no se puede hacer así, intempestivamente”.
Hugo Ñopo: “Tenemos que invertir mejor en la calidad educativa. Pero no se puede hacer así, intempestivamente”.

Sobre este punto, de hecho, comentó el congresista Daniel Olivares (Partido Morado) durante el debate del proyecto para esta segunda votación. Olivares remarcó que ese 6% del PBI no es lo mismo que el presupuesto nacional (que representa el 21% del PBI), y señaló que por ello se debe tener cuidado con la figura, pues, con la reforma constitucional planteada, se estaría apuntando a destinar el 70% del prespuesto nacional anual a un solo sector.

Aumentar el PBI podría ser engañoso. Hay que tener claro el tema para no meter la pata”, dijo Olivares.

El expresidente del Tribunal Constitucional Óscar Urviola comenta que la problemática del dictamen también parte desde un punto de vista técnico legislativo, pues las constituciones, al ser normas de principios que deben perdurar en el tiempo, no deben contener limitaciones hacia arriba o abajo, como el 6% que busca establecer el Poder Legislativo.

“Tenemos que invertir mejor en la calidad educativa. Pero no se puede hacer así, intempestivamente”.


Hugo Ñopo, investigador principal de Grade

A su vez, recuerda que en la Constitución de 1979 el artículo 39 establecía que 20% del presupuesto del Gobierno Central debía ser destinado para el gasto en educación, pero dicho tope “era letra muerta porque el Estado no estaba en condiciones de afinar ese presupuesto”.

Esos son saludos a la bandera que quieren alcanzar popularidad, lograr aplausos, pero no es nada serio. Las Constituciones no deben tener ese defecto de poner cifras”, indica.

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Diego Macera, gerente general del Instituto Peruano de Economía (IPE), menciona, en tanto, que la presión tributaria actual del país (14% al 2019) hace prácticamente inviable que se destine un 6% del PBI al sector educativo. Añade, no obstante, que en los últimos diez años el presupuesto del rubro se ha duplicado.

¿Cuánto invierte el Perú en educación? (Infografía: Antonio Tarazona / El Comercio
¿Cuánto invierte el Perú en educación? (Infografía: Antonio Tarazona / El Comercio

“Invertir el 6% del PBI con nuestra presión tributaria es muchísimo más difícil en comparación con países con un 30% o 35% de presión fiscal como alguno de la OCDE. Es el doble de difícil porque tienes la mitad de plata”, remarca.

Coincide Ñopo, y resalta que antes de la aprobación de cualquier reforma debe verse no solo cómo se gasta más y mejor en el sector, sino también cómo recaudas para destinar tal cantidad de dinero para sustentarlo.

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Hoy no hay ese dinero, no se podría hacer eso. Tendrías que recaudar más. Hay que responderlos la pregunta de de dónde sale; eso va a ser bien importante porque entra a la economía política de hacer presupuestos. Tenemos que hacer la pregunta de quién va a pagar y cómo lo hará sobre esa educación adicional”, acota.

Por otro lado, para Macera un tercer nivel de análisis recae en el nivel de eficiencia que se va a exigir en el gasto en educación tras concluir que debe recibir no menos del 6% del PBI.A cambio de la inversión requieres resultados. Si eventualmente seguimos seguir ese camino absolutamente incorrecto en el ámbito inconstitucional, pero invertimos más en educación, la pregunta en paralelo es qué se está haciendo para ser más eficientes en el gasto”, detalla.

Finalmente, Flor Pablo Medina, exministra de Educación, remarca que si la preocupación real del Congreso es favorecer a la educación básica para que sea de calidad, debe aprobar medidas que fortalezcan las prioridades del sector en el mediano y largo plazo. Para ello, señala que existe el proyecto educativo nacional que val del 2021 al 2036 y traza una ruta que debe seguir el sector para avanzar.

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Poner un porcentaje sin que tengan iniciativa de gasto, en este momento, termina siendo [un gesto] para alegrar a la platea y caer en populismo. Todos estamos de acuerdo en que necesitamos más presupuesto para una mejor educación pero creo que no va por ahí. Creo que hay que trazarnos una ruta, ver las prioridades y hacer todos los esfuerzos para el cierre de brechas”, puntualiza.

6% DEL PBI PARA EDUCACIÓN, ¿QUÉ PUEDE HACER EL EJECUTIVO?

Urviola destaca que el Ejecutivo no puede observar este proyecto al ser una reforma constitucional. No obstante, el camino por seguir sería que el Gobierno plantee una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) por lo aprobado.

Si bien desde el punto de vista emocional o de expectativas de la población de mejorar la educación podría tener un gran apoyo [la reforma aprobada], desde el punto de vista constitucional no encaja porque en principio los congresistas no tienen iniciativa en el gasto y en segundo lugar el manejo de la agenda pública le compete de manera exclusiva al ejecutivo”, comenta Urviola, en referencia al conocimiento exclusivo que tiene el Gobierno sobre los ingresos y gastos anuales y, en base a ello, la elaboración de presupuestos por sector.

El exmagistrado agrega, asimismo, que dependiendo de la rapidez con la que se presente una demanda ante el TC, esta entidad la revisaría en un plazo no menor a cuatro meses desde su recepción.

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ACLARACIONESEsta nota fue originalmente publicada el 7 de julio del 2020. Tras la aprobación de esta norma por segunda votación en el Congreso, ha sido actualizada este sábado 19 de diciembre.

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