La Asociación de Instituciones de Microfinanzas del Perú (Asomif) consideró que la eliminación de cobro de transferencias interbancarias afectaría la calidad y seguridad del servicio de transferencias.
“Remover la simple posibilidad de cubrir los costos asumidos, es una receta para el retroceso y el estancamiento, ya que el cobro de comisiones por transferencias interbancarias es el costo de la calidad y seguridad del servicio”, comentó Jorge Delgado, presidente Asomif.
El pleno del Congreso puso en agenda el dictamen que, en la legislatura pasada, aprobó la Comisión de Defensa de Consumidor (Codeco) para eliminar el cobro de comisión a los consumidores por transferencias interbancarias y pago de tarjetas de crédito.
La medida se basa en diversos proyectos de ley, uno de la congresista Sigrid Bazán (Cambio Democrático- Juntos por el Perú) y otro del parlamentario Jorge Luis Flores Ancachi (Acción Popular). La iniciativa busca alcanzar a todos los actores del sistema financiero, con excepción de las cajas de ahorro y cooperativas, y ha sido cuestionada por expertos e instituciones como la SBS y el Ministerio de Economía (MEF).
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Delgado explicó que este cobro se sustenta en que ofrecer el servicio de transferencia no es gratuito para las instituciones involucradas: “Se debe costear el trabajo de la Cámara de Compensación Electrónica (CCE), una institución privada, normada y supervisada por el Banco Central de Reserva, que cataliza las transacciones y hace posible un proceso transparente, que le da al ciudadano la tranquilidad de saber a dónde está yendo su dinero, así como, en el caso de transferencias interbancarias inmediatas, la posibilidad de realizar transacciones casi a tiempo real, 24 horas al día, los siete días de la semana”, explicó.
Por su parte, el Banco Central de Reserva (BCR) ha manifestado que la medida afectará a la interoperabilidad del sistema financiero en claro perjuicio de los usuarios, ya que reduciría las posibilidades de realizar pagos a través de dispositivos móviles o el desarrollo de innovaciones tecnológicas.
Asimismo, el MEF señaló que la propuesta “contraviene el artículo 59 de la Constitución Política del Perú, sobre la libertad de empresa, en particular sobre la libertad de organización que comprende la política de precios”.
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El abogado Erick Urbina, profesor de la facultad de Derecho de la Universidad de Lima, coincidió con la posición del MEF:
“A mi juicio es un proyecto inconstitucional porque, por un lado, atenta contra el derecho a la libertad de contratación que está protegido y reconocido en la Constitución peruana, así como también al libre mercado”.
De acuerdo con el constitucionalista, este punto ha sido materia de múltiples pronunciamientos del Tribunal Constitucional (TC) y aseguró que, de aprobarse esta iniciativa, el máximo intérprete de la Carta Magna podría declarar su inconstitucionalidad.
“Pero eso después de un tiempo, en el cual la ley va a surtir efectos y esto podría causar un perjuicio, no solamente a los bancos, sino principalmente a los usuarios”, puntualizó Urbina.
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