Se elevó a 13 la cifPara prevenir la expansión del coronavirus, el teletrabajo, o trabajo a distancia, es una opción que permite trabajar en un lugar diferente a la oficina. (Foto: Diana Marcelo)
Se elevó a 13 la cifPara prevenir la expansión del coronavirus, el teletrabajo, o trabajo a distancia, es una opción que permite trabajar en un lugar diferente a la oficina. (Foto: Diana Marcelo)
Lucero Chávez Quispe

Ante los reportes de nuevos casos de en el Perú, el Ministerio de Trabajo () publicó la “Guía para la prevención ante en el coronavirus en el ámbito laboral”.

Si bien la guía no es de carácter obligatorio, esta sirve para que las empresas y los trabajadores puedan implementar medidas de prevención ante el coronavirus en los centros de trabajo, así como medidas sobre la organización del trabajo, señaló Carlos Cadillo, consejero del estudio Miranda & Amado.

Asimismo, ha servido para aclarar algunas dudas que tenían los empleadores sobre cómo se deberá proceder en cuanto a los pagos de los trabajadores “resfriados” que pasen a cuarentena, pero luego se les descarte la enfermedad: deberá compensar las horas no laboradas a decisión de su empleador.

“Si estás en cuarentena con médico certificado, la empresa tiene que darle una licencia sin goce; es decir, no se activan medidas disciplinarias. Las horas que dejó de laborar lo compensa; y el empleador puede perdonar la compensación de horas”, explica Brian Ávalos, abogado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados.

Si no hay acuerdo, sin embargo, no se precisa lo que se deberá acatar. “Lo que se establece normalmente es que el empleador decide. En la guía se dice que debe haber acuerdo”, añadió Cadillo.

En cambio, los trabajadores que eventualmente sean diagnosticados de coronavirus, sí gozarán de las licencias correspondientes; es decir, los primeros 20 días de ausencias por el virus los asumirá la empresa, y a partir del día 21 será pagado por Essalud.

Al margen de la guía, Cadillo recordó que en caso de situación crítica de urgencia, la empresa puede suspender sus labores por causa fortuita o fuerza mayor. En tal caso, la responsabilidad no será de ninguna de las partes, por lo que los contratos se suspenden, siempre que el MTPE apruebe que las razones son justificadas. “La suspensión de los contratos no debe pasar de tres meses”, agregó.

CAMBIO DE HORARIOS Y MÁS

Ávalos recalcó que la guía del MTPE no incluye pautas enfocadas a las personas que dejen de asistir a su centro de labores, pues temen contraer el coronavirus, pese a no tener síntomas.

En tal caso, se hace una serie de recomendaciones para que los empleadores adopten acuerdos como modificar los turnos de trabajo para manejar mejor la cantidad de personas en el centro de trabajo, otorgar licencias a los trabajadores sujetas a la compensación de horas que acuerden con el empleador, y aplicar el teletrabajo.

Así, por ejemplo, se puede acordar otorgar licencia de vacaciones a los empleados que sean mayores de edad, quienes son más propensos a complicaciones por el coronavirus; o revisar qué trabajadores tienen vacaciones vencidas y acordar que las tomen.

APLICACIÓN DEL TELETRABAJO

La guía, asimismo, da pautas para poder aplicar el , modalidad de trabajo que permite hacer ‘home office’, pero que no suele ser muy usado por las empresas por su complejidad en su aplicación.

“El operador frente al riesgo actual (contagio de coronavirus), tendrá que asumir cierto riesgo por aplicación de la norma. Su carácter es temporal, hasta cuando acabe la situación coyuntural”, indica Ávalos.

Entre las disposiciones a tomar en cuenta están:

  • El acuerdo debe contener información mínima sobre los medios que se emplearán en el teletrabajo (quién los proveerá y, de ser el caso, el monto de la compensación si los bienes son aportados por el trabajadores), información de la jornada de trabajo, entre otros.
  • Se debe capacitar al trabajador en los medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos que empleará y en otras materias relacionadas.
  • El acuerdo no afectará el vínculo, la categoría, la remuneración y demás condiciones de trabajo, salvo aquellas relacionadas con la asistencia al centro de trabajo.

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