Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). (Foto: MTC)
Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). (Foto: MTC)

El Ministro de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó los lineamientos sectoriales para la reanudación gradual y progresiva de los proyectos del sector transportes y comunicaciones, a fin de garantizar la protección de las personas que intervienen en dichos proyectos, frente a la emergencia sanitaria del COVID-19.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 0259-2020-MTC/01, la reanudación de los proyectos involucra los estudios, la construcción, el mejoramiento, la rehabilitación, la supervisión y cualquier otra actividad o servicio necesario para la formulación, ejecución u operación de la infraestructura o servicio público.

La norma indica que las fases del proceso de implementación de cada proyecto a cargo del sector transportes y comunicaciones son:

  • Fase preoperativa: Fase en la que se elaboran los protocolos del proyecto, las contrataciones de insumos, el traslado de equipos y maquinarias, entre otras actividades, antes de la prestación efectiva del estudio, ejecución de obra u operación del servicio. En el caso de las actividades autorizadas para la Fase I de la Reanudación Económica, ésta se inicia al día siguiente de publicada dicha norma.
  • Fase operativa: Fase en la cual se reanuda el estudio, la ejecución o la operación del proyecto, según corresponda. En el caso de las actividades autorizadas para la Fase I de la Reanudación Económica, esta fase podrá iniciar a partir del 25 de mayo, siempre que el sector haya emitido la autorización de reanudación y se haya realizado el registro en el SICOVID-19 del proyecto.

Los criterios de focalización son:

  • Territorialidad: Ubicación geográfica del proyecto en concordancia con los niveles de contagio, letalidad y otros, de acuerdo con la información oficial de la autoridad sanitaria, prefi riéndose los ubicados en zonas de menor riesgo.
  • Personas: La intensidad de la mano de obra, de acuerdo con la fase constructiva o actividad del proyecto, así como el grado de movilidad de las personas, prefiriéndose los de menor intensidad de mano de obra o los de menor movilidad.
  • Impacto económico y social: Contribución del proyecto en materia económica y social, prefiriéndose los de mayor impacto.
  • Aseguramiento de EPP: Capacidad de la empresa en asegurar la disponibilidad de los Elementos de Protección Personal - EPP y otros implementos de salud exigidos por la autoridad sanitaria, reiniciándose únicamente las que puedan asegurar la disponibilidad de los EPP y otros implementos de salud.
  • Nivel de supervisión: Análisis del acceso al proyecto, y otros factores vinculados a este, que permitan una adecuada supervisión o fiscalización, prefiriéndose los de mayor facilidad para la supervisión.
  • Actividades conexas: Necesidad de insumos o actividades conexas necesarias para el proyecto, prefiriéndose el proyecto que demande menor necesidad de insumos o actividades conexas.

Los requisitos para la reanudación de los servicios son: ubicación, plan de reanudación, protocolo, incidencias, equipos de EPP y distanciamiento social.

Respecto al procedimiento para la autorización cada Unidad Ejecutora o entidad competente evalúa los proyectos que pueden reanudarse, lo cual es comunicado al contratista del proyecto.

Recibida la comunicación de la Unidad Ejecutora o entidad competente, el contratista presenta su solicitud de reanudación, mediante correo electrónico o cualquier otro medio dispuesto, adjuntando los requisitos señalados en el artículo 4 de la presente norma. Para conocer más puede ingresar

Contenido sugerido

Contenido GEC