La suspensión perfecta de labores. (Foto: GEC)
La suspensión perfecta de labores. (Foto: GEC)
/ MANUEL MELGAR
Redacción EC

El Gobierno publicó nuevas disposiciones para la aplicación del nuevo procedimiento de , para empresas cuyas actividades se encuentren permitidas durante el estado de emergencia nacional, así como para aquellas que están imposibilitadas.

Mediante Decreto Supremo N° 011-2020-TR, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Ejecutivo indicó que la norma es aplicable a todos los empleadores y trabajadores del sector privado bajo cualquier régimen laboral.

De esa forma, la aplicación de la suspensión perfecta de labores en ningún caso puede afectar derechos fundamentales de los trabajadores, como es el caso de la libertad sindical, la protección de la mujer embarazada o la prohibición del trato discriminatorio.

Asimismo, se protege a las personas con discapacidad, personas diagnosticadas con COVID-19, personas que pertenecen al grupo de riesgo por edad y factores clínicos según las normas sanitarias.

Suspensión perfecta de labores

Para acceder a la suspensión perfecta de labores, las empresas deberán acreditar que existe imposibilidad de aplicar el trabajo remoto o licencia con goce de haber, por la naturaleza de las actividades.

De acuerdo, al decreto supremo, existe imposibilidad de aplicar el trabajo remoto o licencia con goce de haber, si los trabajadores no cuentan con herramientas o maquinarias, las cuales solo pueden operar en el centro de labores, o porque la jornada cuenta con distintos turnos que cubren su actividad durante las 24 horas.

También, cuando por la naturaleza riesgosa de las actividades y la extensión del horario se pueda poner en riesgo la seguridad y salud de los trabajadores o porque existen restricciones, entre otras situaciones que manifiestamente escapen al control de las partes.

Afectación económica

Dado el nivel de afectación económica, los empleadores, cuyas actividades se encuentran permitidas durante el estado de emergencia, pueden aplicar la suspensión perfecta en los siguientes casos:

  • Cuando el ratio resultante de dividir las remuneraciones de los trabajadores en Planilla Electrónica, entre su nivel de ventas correspondiente al mes de marzo, comparado con el ratio del mismo mes del año anterior, registra un incremento mayor 6 puntos porcentuales para el caso de micro y pequeñas empresas, y a trece 13 puntos porcentuales para el caso de medianas y grandes empresas.
  • Cuando el ratio resultante de dividir las remuneraciones de todos los trabajadores en Planilla Electrónica, entre su nivel de ventas correspondiente al mes previo en el que adopta la medida (a partir de mayo, en adelante), comparado con el ratio del mismo mes del año anterior, registra un incremento mayor a 12 porcentuales para el caso de micro y pequeñas empresas, y de 26 puntos porcentuales para el caso de medianas y grandes empresas.

Para el caso de los empleadores cuyas actividades no se encuentran permitidas, pueden aplicar la suspensión perfecta en los siguientes casos:

  • Cuando el ratio resultante de dividir las remuneraciones de todos los trabajadores en Planilla Electrónica, entre su nivel de ventas correspondiente al mes de marzo, comparado con el ratio del mismo mes del año anterior, registra un incremento mayor a 4 puntos porcentuales para el caso de micro y pequeñas empresas, y a once 11 puntos porcentuales para el caso de medianas y grandes empresas.
  • Cuando el ratio resultante de dividir las remuneraciones de todos los trabajadores en Planilla Electrónica, entre su nivel de ventas correspondiente al mes previo en el que adopta la medida (a partir de mayo, en adelante), comparado con el ratio del mismo mes del año anterior, registra un incremento mayor a 8 puntos porcentuales para el caso de micro y pequeñas empresas, y de 22 puntos porcentuales para el caso de medianas y grandes empresas.

En caso el empleador tuviera menos de un año de funcionamiento, la comparación se realiza en función al ratio promedio mensual de ventas de los primeros 3 meses de funcionamiento.

Y, si las ventas del mes previo a la adopción de la medida correspondiente sean igual a cero, el empleador sí podrá aplicar la medida.

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¿Qué es un coronavirus?

Los coronavirus son una amplia familia de virus que pueden llegar a causar infecciones que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, que se pueden contagiar de animales a personas (transmisión zoonótica). De acuerdo con estudios, el SRAS-CoV se transmitió de la civeta al ser humano, mientras que el MERS-CoV pasó del dromedario a la gente. El último caso de coronavirus que se conoce es el covid-19.

En resumen, un nuevo coronavirus es una nueva cepa de coronavirus que no se había encontrado antes en el ser humano y debe su nombre al aspecto que presenta, ya que es muy parecido a una corona o un halo.

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