La semana pasada el Ejecutivo modificó, mediante decreto supremo (DS), el reglamento de la Ley de Impuesto a la Renta. Este DS forma parte del conjunto de políticas implementadas en los dos últimos años por el MEF para incentivar la formalidad y combatir el alto índice de evasión tributaria.
PRIMEROS ESFUERZOS
A fines del 2016, el Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo (D. Leg.) 1258, el cual estableció la posibilidad de deducir hasta 3 UIT, adicionales a las 7 UIT exoneradas, para el pago del Impuesto a la Renta (IR) de los trabajadores que generan rentas de cuarta (independientes) y quinta categoría (planilla). Para acceder a estas deducciones, los contribuyentes debían sustentar gastos en determinados servicios con comprobantes de pago validados por la Sunat. Con ello, el MEF esperaba generar los incentivos necesarios para que las personas naturales exijan comprobantes a fin de ampliar la base tributaria y reducir los índices de evasión e informalidad.
El D. Leg. definió los servicios que podrían ser considerados para la deducción del pago del IR. Así, se estableció que se podría deducir hasta el 30% del pago por alquiler de inmuebles, de los servicios de cuarta categoría de médicos y odontólogos, y de otros 13 servicios profesionales establecidos en la norma. Asimismo, a partir de ese D. Leg. era posible deducir hasta el 100% de los aportes al Seguro Social de Salud (Essalud) que se realicen por los trabajadores del hogar y también de los intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda.
Sin embargo, en agosto de este año, el MEF verificó que el objetivo de este D. Leg. no se habría estado cumpliendo. El 87% de los gastos que fueron solicitados para la deducción de hasta las 3 UIT adicionales correspondieron a los intereses de créditos hipotecarios, pese a la alta formalidad del sector financiero. Así, los contribuyentes no habrían tenido incentivos para solicitar comprobantes de pago en otros servicios que presentan mayores niveles de informalidad y evasión. Ante ello, a partir del ejercicio fiscal 2019, se dejarán de considerar estos gastos para la deducción.
AMPLIANDO DEDUCCIONES
Con el objetivo de ampliar el conjunto de políticas del MEF para la reducción de la informalidad y evasión, el último DS amplía la lista a otros servicios que los trabajadores pueden deducir como gastos del IR. Así, incorpora como nuevo gasto deducible el 15% del consumo total en restaurantes, bares, cantinas y hoteles. Para acceder a este beneficio, los trabajadores deberán exigir comprobantes de pago electrónicos en dichos establecimientos.
Con cifras al 2016, el INEI estima que el 41% de la producción del sector restaurantes y alojamiento es informal. Asimismo, según la Sunat, el nivel de evasión del IGV de este sector se estima en 86% de la recaudación potencial. Ello equivaldría a S/3.200 millones y representaría el presupuesto 2018 de los ministerios de Agricultura y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. La evasión en este sector supera ampliamente a la evasión promedio del IGV, que en el 2017 se estimó en 36%. Esto ascendería a S/23.300 millones y representaría el presupuesto de este año de los ministerios de Educación y Transportes y Comunicaciones.
Por otro lado, el DS amplía la lista de servicios profesionales que pueden deducir el 30% del importe pagado por sus servicios de cuarta categoría a todas las profesiones y oficios. Con el objetivo de promover estas deducciones, el Gobierno ha eliminado el requisito de bancarización a aquellas transacciones por importes menores de S/3.500 o US$1.000. Estas medidas buscan garantizar la efectividad de estas políticas a partir de la simplificación de los mecanismos para que los contribuyentes accedan a estas deducciones.
Finalmente, los esfuerzos del MEF durante los últimos dos años forman parte de un plan a mediano plazo para ampliar las deducciones a todo tipo de gastos, en tanto se masifique el uso de comprobantes electrónicos. Según el ministro de Economía, Carlos Oliva, el siguiente paso podría ser que una parte de estos gastos ayude a financiar los fondos de pensiones.