El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó la Ley General del Sistema Financiero al aprobar medidas que posibilitarán el ingreso de nuevas entidades en búsqueda de ampliar la oferta alternativa a los servicios financieros tradicionales que se existen en el Perú.
En el marco de las facultades delegadas en el Ejecutivo para legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica, el ministro de Economía y Finanzas, Oscar Graham, informó que estas medidas favorecerán el ingreso de mayores actores al mercado de financiamiento.
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“También permitirán una mayor inclusión financiera, aprovechando el desarrollo de herramientas digitales, lo que harán posible brindar mayores opciones de financiamiento en mejores condiciones para los usuarios”, indicó el ministro.
En detalle, las medidas aprobadas son cuatro: i) Reducción del capital exigido para empresas que transportan dinero; ii) simplificación del proceso de licenciamiento y supervisión de las empresas que no realizan captación de depósitos del público; iii) facilitación de la existencia de entidades u oficinas 100% digitales; y, iv) adecuación de requerimientos de capital como provisión ante eventos de crisis que afecten a toda la economía.
Mayor competencia
Entre otros aspectos, se rebajó el capital mínimo exigido a las empresas de transporte de dinero, que pasará de S/21 millones a S/14 millones.
“Esta medida facilitará la entrada de nuevas empresas que ofrezcan este servicio, sin relajar los estándares de seguridad exigidos por la ley. Esperamos que la medida genere una mayor competencia en el traslado de dinero”, afirmó Graham.
Asimismo, se decidió simplificar los procesos de licenciamiento y supervisión de las empresas que no captan depósitos del público. Las nuevas condiciones flexibilizan los procedimientos de apertura, traslado y cierre de sucursales, agencias u oficinas especiales, lo que facilitará el ingreso de nuevas entidades que competirán con los bancos y otras entidades en el otorgamiento de créditos de consumo.
Además, se han dispuesto medidas que buscan simplificar la salida de empresas del mercado que no captan depósitos del público través de la incorporación de dos nuevos supuestos o causales: i) cuando el patrimonio efectivo sea menos de la mitad del requerido; o ii) por pérdida o reducción del patrimonio efectivo. Asimismo, no se les aplicará los regímenes de vigilancia, intervención, y disolución y liquidación.
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