Essalud: niño no sufrió daños a la visión tras explosión en hospital de Lambayeque
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Redacción EC

Este sábado 13, el publicó, en Normas Legales, la Ley que incrementa el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios () para los los trabajadores de que pertenecen al régimen laboral del Decreto Legislativo (DL) 276 y sus respectivos alcances.

Como se recuerda, el pasado jueves 11 el Pleno del Congreso aprobó por insistencia este proyecto. La propuesta había sido observada por el Ejecutivo a fines del año 2018, por lo cual el Legislativo tuvo que aprobarlo por insistencia.

De acuerdo a Essalud, esto representará un gasto adicional de S/700 millones en los próximos tres años para la institución. 


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El motivo del alza presupuestal radica en un nuevo método para determinar la CTS. Ahora, se calculará en base al 100% del ingreso percibido, que tiene dos componentes: la remuneración principal y la bonificación por productividad.

"Para el cálculo de la CTS que se otorga al momento del cese a los trabajadores del Seguro Social de Salud, pertenecientes al régimen laboral del Decreto Legislativo 276 [...] debe tomarse en cuenta el 100% del ingreso percibido (remuneración principal y bonificación por productividad)", se indica en el documento.

“El régimen 276 está compuesto por trabajadores entre los 60 y 65 años. El cálculo [de los S/700 millones] sale de la proyección de los que se retirarían [en los próximos tres años]”, explicó en su momento a El Comercio Publio Maldonado, gerente central de Gestión Financiera de EsSalud.

ESCALA SALARIAL

La escala salarial de EsSalud mantiene dos conceptos: remunerativo (sueldo mensual base) y no remunerativo (bonificaciones).

El primero se usa para el cálculo de la CTS, las aportaciones a EsSalud, las horas extras, entre otros. Y sobre esta base, se calcula posteriormente los bonos no remunerativos, como el de productividad.

“Los bonos no remunerativos son establecidos por la propia institución. No entran en el cálculo de la CTS porque son variables”, detalló Maldonado.

Ahora bien, si un trabajador recibe un bono de manera constante, este monto se convierte –de alguna manera–en su sueldo fijo. Si exigiera que se le reconozca este bono como parte de su sueldo base, la ley se volvería discriminatoria, pues no alcanzaría para todos los trabajadores, indicó Maldonado.

De acuerdo a las leyes actuales, la CTS al personal que se encuentra en el régimen laboral del Decreto Legislativo 276 se otorga al momento del cese por el importe de 50% de su remuneración principal para los servidores con 20 años de servicios; o de una remuneración principal para los que tienen 20 años o más de servicios por cada año completo o fracción mayor de 6 meses, y hasta por un máximo de 30 años de servicios.

Siendo este el panorama, para Jorge Toyama, laboralista, y Germán Lora, socio del estudio Payet, el Congreso no debería resolverlo con una ley, sino acudir al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para evaluar los cambios en la distribución del presupuesto.

“Como [el Estado] no ha tenido nunca mucho presupuesto, lo que ha hecho es crear conceptos (bonos, gratificaciones) que acompañan al sueldo básico. Sin embargo, esas bonificaciones no inflan tu liquidación de beneficios sociales [...] Podrías encontrar entre 50 y 70 formas distintas para el cálculo de la CTS en el régimen 276”, aseguró Toyama.

COSTOS

Cuando la ley fue aprobada por primera vez, la presidenta de EsSalud, Fiorella Molinelli, afirmó que los S/700 millones mencionados se sumarían a la deuda de S/3.970 millones que mantienen empresas privadas y públicas con Essalud.

Nosotros no recibimos ni un sol del tesoro público. Esta ley pone en riesgo la situación de 11 millones de asegurados”, aseguró Molinelli a El Comercio.

Agregó que la entidad tiene ya recursos comprometidos para el pago de sus pensionistas y el mejoramiento de la situación laboral de sus trabajadores.

En contraparte, de acuerdo a la congresista Alejandra Aramayo, del partido Fuerza Popular (que presentó el proyecto), estas deudas se deben a los “malos manejos que ha tenido EsSalud”, por lo que exigió que el gobierno exhorte a la Sunat pagar los millones que le debe. Además, argumentó que "la modificación es justa", ya que se utiliza el mismo método para los trabajadores del régimen laboral en el Decreto Legislativo 728.

“Son regímenes distintos por naturaleza, son tratos diferenciados entre trabajadores. El ejemplo más claro es la gratificación y aguinaldo: sueldo completo para los de 728 y S/300 para sector público general. Si quieren igualdad, creen un régimen único, como la Ley Servir, donde nadie quiere estar”, afirmó al respecto Lora.

INCONSTITUCIONALIDAD

Para Toyama, Molinelli y Lora el proyecto es inconstitucional, pues el Congreso no puede aprobar normas con iniciativa de gasto (S/700 millones en este caso).

Asimismo, Toyama afirma que el Congreso está legislando para un grupo muy reducido de trabajadores, cuando el espíritu de las leyes debe ser general.

En coincidencia, el Ministerio de Economía y Finanzas indica dentro de sus observaciones que la ley podría generar una contingencia para el Tesoro Público ante la eventualidad de que otras entidades solicitan que se les haga extensivo el mismo beneficio a su personal, lo que afectaría seriamente la caja fiscal.

Al respecto, el texto indica que "la implementación de esta norma se realiza de forma progresiva , conforme al presupuesto de EsSalud, sin demandar recursos al tesoro público y sin afectar los gastos en infraestructura, medicinas, bienes y servicios necesarios para la prestación de servicios de salud". 

De acuerdo al MEF, el impacto sería del orden de S/281'757.810 anuales.

"Colisiona la intangibilidad de los fondos de la seguridad social, sin que se advierta información financiera sobre la sostenibilidad de la medida, siendo necesario una debida evaluación que no ha sido considerada al momento de proponerse y aprobarse la norma", expresa el MEF.

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