Entidades deben elaborar un listado de los bienes, servicios y obras a contratar, el cual debe ser aprobado por el titular de la entidad, quien deberá asegurar que se trata de prestaciones para zonas en emergencia y estén asociados a actividades para la prevención de El Niño. (Foto referencial)
Entidades deben elaborar un listado de los bienes, servicios y obras a contratar, el cual debe ser aprobado por el titular de la entidad, quien deberá asegurar que se trata de prestaciones para zonas en emergencia y estén asociados a actividades para la prevención de El Niño. (Foto referencial)
Redacción EC

El Poder Ejecutivo publicó un Decreto de Urgencia N° 032-2023 que permitirá agilizar los procesos para realizar contrataciones de bienes, obras y servicios de prevención en zonas declaradas en Estado de Emergencia por peligro inminente de intensas precipitaciones pluviales y otros eventos asociados a la ocurrencia del fenómeno de .

El Decreto de Urgencia N° 032-2023 establece que las contrataciones orientadas a la prevención de El Niño, en los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local), pueden realizarse a través de un procedimiento de selección de adjudicación simplificada, bajo reglas especiales, hasta el 30 de abril del año 2024.

Este procedimiento acota los plazos de consentimiento, suscripción de contrato y tramitación de un posible recurso de apelación, a fin de que las Entidades cuenten con un procedimiento célere sin dejar de lado las reglas de la competencia.

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Para convocar a este procedimiento, las entidades deben elaborar un listado de los bienes, servicios y obras a contratar, el cual debe ser aprobado por el titular de la entidad, quien deberá asegurar que se trata de prestaciones para zonas en emergencia y estén asociados a actividades para la prevención de El Niño.

A fin de maximizar el uso de este mecanismo, se establece como disposición complementaria transitoria que los procedimientos de selección convocados con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia N° 032-2023 pueden ser cancelados hasta antes del otorgamiento de la buena pro, en caso que la entidad convocante determine que, por razones de oportunidad, resulte más eficiente acogerse a la adjudicación simplificada con reglas especiales. Si así lo decide la entidad, el proceso puede convocarse durante el ejercicio presupuestal correspondiente.

Esta medida coadyuvará a la estrategia de prevención que se encuentran desarrollando las entidades frente la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño, al contar con un procedimiento célere, competitivo, transparente, público y de libre concurrencia para los proveedores.

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