El Poder Ejecutivo emitió el decreto legislativo 1319 que buscará promover el comercio de productos forestales y de fauna silvestre de procedencia legal.
La medida declara de interés la implementación del sistema nacional de información forestal y de fauna silvestre (SNFFS), herramienta del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (Sinafor) y cuya conducción está a cargo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).
En esa línea, también se aprueba el registro de aserraderos portátiles, tractores forestales y vehículos autorizados para la extracción y transporte de productos maderables hasta los centros de transformación primaria. "Es obligatorio para los titulares de los bienes estar inscritos en el mencionado registro", apunta la norma.
Además, el decreto da luz verde a la creación de puestos de control estratégicos en el territorio nacional que el Serfor determine y que estarán a cargo de la autoridad regional forestal.
En tanto, también se fortalece el Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre con la conformación y desactivación de las salas que resulten necesarias así como personal. El concurso público para la elección de los miembros del tribunal está a cargo de Osinfor.
SUBSANACIÓN
De hallarse incumplimientos subsanables tras acciones de supervisión, control o fiscalización, la autoridad competente tendrá la facultad de expedir notificaciones preventivas "sin necesidad de iniciar un procedimiento administrativo sancionador o disponer el archivo del procedimiento correspondiente". La medida tomará en cuenta diversos supuestos para su ejecución.
A la par, quienes presenten planes de manejo con información falsa serán plausibles de sanción administrativa. Para ello la autoridad regional forestal y el Osinfor remitirán al Serfor la relación de personas o empresas que prestaron servicios para elaborar planes de manejo presuntamente falsos.