La constructora deberá entregar información a los 3.024 acreedores reconocidos por Indecopi para que estos evalúen la viabilidad de la sostenibilidad financiera de la empresa.
La constructora deberá entregar información a los 3.024 acreedores reconocidos por Indecopi para que estos evalúen la viabilidad de la sostenibilidad financiera de la empresa.
Lucero Chávez Quispe

Este jueves se realizó la Junta de Acreedores de la constructora , ex socia de que entró a proceso concursal a mediados del 2018 pues adeudaba a sus acreedores más de 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

En la reunión no se logró definir el futuro de la empresa (si es liquidada o reestructurada); y se aplazó esta decisión por 45 días hábiles, en línea con lo establecido en la Ley Concursal.

Durante este plazo, la constructora deberá entregar información a los 3.024 acreedores reconocidos por Indecopi para que estos evalúen la viabilidad de la sostenibilidad financiera de la empresa, explicó Renzo Agurto, consejero de Miranda & Amado.

“Si la empresa es viable, [los acreedores] optarán por la restructuración; si no lo es, por la liquidación. Pero para tomar la decisión, ICCGSA tiene que darle información suficiente”, indicó. Entre estos, por ejemplo, la lista de obras de la empresa, los contratos de construcción, los flujos de la firma, entre otros.

Cabe destacar que la constructora ha seguido operando con normalidad desde que entró a proceso concursal.

En la junta de este jueves, se nombró como presidente a Interbank, empresa que tendría la mayor participación del total de los acreedores.

ESCENARIOS

En el caso de que los acreedores identificaran la viabilidad de la empresa, estos podrán decidir si se mantiene la administración actual, la renueva, u opta por una administración mixta (mantiene algunos elementos de la administración anterior).

“Los acreedores entienden que la administración llevarán la propuesta de llevar adelante la restructuración de la empresa. Se tienen hasta 60 días hábiles para aprobar el plan de restructuración”, recalcó Agurto.

En cambio, si se llegara a la decisión de liquidar la empresa, esta dejará de operar. El paso siguiente es nombrar el liquidador, el mismo que propone un convenio de pagos y se empezará a realizar los desembolsar en el orden establecido en la Ley Concursal.

Para esta segunda convocatoria de la junta, se necesitará el 66,6% de voto de los acreedores asistentes para definir el destino de la empresa.

OTROS DATOS

► Los acreedores se reconocen en función a cada sol que le adeuda la empresa.

► Como acreedor reconocido, se tiene derecho a voz y voto en Junta de Acreedores.


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