El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) habilitó un padrón virtual gratuito mediante el cual los consumidores podrán inscribirse e informar si 13 empresas que vendieron productos por internet cumplieron con las entregas o les devolvieron su dinero.
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La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N°3 (ST CC3) dictó una medida cautelar el pasado 20 de julio mediante la cual se daba a dichas compañías un plazo de 10 días para que cumplir con sus clientes, entregándoles los productos, cambiándolos por otro similar o devolviéndoles su dinero, además de los intereses legales. En esta medida se incluyeron las ventas, cuya fecha de entrega vencía el 19 de julio de 2020.
Las empresas tenían hasta el 4 de agosto para remitir a la CC3 un padrón en el que individualice e identifique a cada uno de los consumidores que se vieron afectados por sus incumplimientos.
En caso se detectara que alguna empresa no cumplió con lo ordenado, Indecopi le podrá imponer una multa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Las 13 compañías que deben haber cumplido con la medida cautelar, debido a que habrían vulnerado las expectativas de los consumidores, son:
- Saga Falabella S.A. (Saga Falabella)
- Tiendas del Mejoramiento del Hogar (Sodimac)
- Homecenters Peruanos S.A. (Promart)
- Supermercados Peruanos S.A. (Plaza Vea)
- Conecta Retail Perú S.A. (Tiendas Efe / Curacao)
- América Móvil Perú S.A.C. (Claro)
- Cencosud Retail Perú S.A. (Wong / Metro)
- Rash Perú S.A.C. (Coolbox)
- Entel Perú S.A. (Entel)
- Hipermercados Tottus S.A. (Tottus)
- Importaciones Hiraoka S.A.C. (Hiraoka)
- Tiendas Peruanas S.A. (Oechsle)
- Tiendas por Departamento Ripley S.A. (Ripley)
La secretaría técnica también inició procedimientos administrativos sancionadores contra cada una de estas empresas por la presunta infracción al deber de idoneidad, al incumplir con entregar los productos en las fechas prometidas.
Indecopi aclaró que el padrón virtual habilitado no es una herramienta para la atención de casos particulares.
Para inscribirse e informar a la entidad reguladora, ingrese al siguiente enlace: https://bit.ly/39XlO94
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