Debido a sus efectos generales, las barreras burocráticas declaradas ilegales indicadas no podrán ser impuestas a ningún ciudadano que tramite algunos de los procedimientos administrativos señalados en materia de anuncios publicitarios, ante la Municipalidad Distrital de Breña.
Debido a sus efectos generales, las barreras burocráticas declaradas ilegales indicadas no podrán ser impuestas a ningún ciudadano que tramite algunos de los procedimientos administrativos señalados en materia de anuncios publicitarios, ante la Municipalidad Distrital de Breña.
Redacción EC

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del  declaró como barreras burocráticas ilegales, con efectos generales, los requisitos y plazos establecidos por la , mediante la Ordenanza N° 037-MDB, a los procedimientos administrativos para solicitar la publicación de anuncios.

De acuerdo a la Resolución N° 0509-2017/CEB-INDECOPI, la barrera en sí estaba relacionada a la exigencia de solicitar copia del documento nacional de identidad (DNI) del representante legal de la empresa para la tramitación del procedimiento de Autorización de publicidad exterior en áreas de dominio privado.

Esta exigencia constituye una infracción a las normas vigentes debido a que se encuentra prohibido exigir la copia del DNI para la tramitación de procedimientos administrativos, en concordancia con lo establecido en el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972.

Asimismo, la CEB declaró ilegal la imposición de un plazo máximo de vigencia de un año de las autorizaciones para la instalación de elementos de publicidad exterior en áreas de dominio privado. Esta medida constituye una vulneración a lo dispuesto en la ley, debido a que la municipalidad no está autorizada por una ley para imponer el referido plazo.

La referida ordenanza también transgredió los artículos 79 y 154 de la Ley Orgánica de Municipalidades, en tanto la municipalidad excede las facultades que la normativa nacional y provincial le otorga para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios.

De igual manera, se declaró ilegal la exigencia de tramitar una nueva autorización cada vez que las empresas que venden publicidad cambien el diseño gráfico del anuncio.

En ese sentido la CEB señaló que la Municipalidad no cuenta con competencias para normar o regular el contenido (diseño gráfico) del anuncio publicitario.

Debido a sus efectos generales, las barreras burocráticas declaradas ilegales indicadas no podrán ser impuestas a ningún ciudadano que tramite algunos de los procedimientos administrativos señalados en materia de anuncios publicitarios ante la Municipalidad Distrital de Breña.

MÁS DATOS
Barrera burocrática es todo requisito, obligación, prohibición, limitación o cobro que realiza el Estado a través de sus diferentes entidades (municipalidades, gobiernos regionales ministerios, entre otros) para la realización de algún tipo de actividad económica y/o trámite (autorizaciones, licencias, entre otros).

Lea más noticias de Economía en...

Contenido sugerido

Contenido GEC