La Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi recuerda que el redondeo de los precios se deber realizar siempre en beneficio de los consumidores al momento de hacer un pago en efectivo, tal como lo señala el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La entidad hace este anuncio luego de que el Banco Central de Reserva (BCR) dispusiera retirar de circulación la moneda de cinco céntimos desde el 1 de enero del 2019. El BCR precisó que en el caso de pagos que se realicen en efectivo, el monto total a pagar será redondeado a favor del público.
Así, por ejemplo, si el costo de un producto es de S/4,75 al momento de efectuar el pago en efectivo, el proveedor debe redondear el precio y cobrar la suma de S/4,70.
Cabe resaltar que los establecimientos no deberán utilizar la moneda de cinco céntimos para entregarla como vuelto, debiendo cumplir las reglas del redondeo en beneficio del consumidor, para todos los casos de transacciones en efectivo, ya sea compra de productos o pago de servicios (públicos y privados).
Esta situación no se aplica para las transacciones realizadas mediante el uso de tarjetas de débito o crédito, transferencias bancarias, cargos en cuenta, entre otras similares, en donde el cargo se realiza por el importe exacto informado al consumidor.
De otro lado, Indecopi añadió que los establecimientos pueden consultar al consumidor si acepta el redondeo elevando el precio al decimal superior, siempre y cuando ese excedente sea destinado a una donación, por lo que el proveedor deberá informar qué institución es la beneficiaria.
En tanto, la entidad recordó que si bien las monedas de cinco céntimo salen de circulación, éstas siguen manteniendo su valor. Por ello, el plazo para su canje es ilimitado y se podrá realizar en cualquier entidad del sistema financiero, totalmente gratis, en múltiplos de 10 céntimos.