Amaluna, nuevo espectáculo del Cirque du Soleil. (Foto: Difusión)
Amaluna, nuevo espectáculo del Cirque du Soleil. (Foto: Difusión)
Redacción EC

La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del resolvió el procedimiento iniciado de oficio en contra de Venelatin Entertaiment S.A.C. y dictó medidas correctivas a favor de los consumidores que compraron entradas para el espectáculo ‘Amaluna’ del Circo del Sol (), el cual fue cancelado sin justificación.

Indecopi señaló que se trata de una resolución en primera instancia administrativa con la que se sanciona tanto a la empresa como a su gerente general por infringir el deber de idoneidad al ofrecer el espectáculo ‘Amaluna’ y cancelarlo sin justificación; y por no devolver la totalidad del dinero que pagaron todos los consumidores afectados.

Además, la CC3 señala que la compañía infringió el deber de brindar información relevante al que están obligados los proveedores en la medida que no comunicó la fecha de devolución de entradas adquiridas, ni del único módulo que se habilitaría para la devolución de las mismas.


En detalle, el Indecopi impuso multas a Venelatin y a Leonardo Reyes, gerente general de la empresapor las sumas de S/199.920 (47,6 UIT) y S/10.500 (2,5 UIT), respectivamente

Asimismo, como resultado del procedimiento, la CC3 ordenó, en calidad de medidas correctivas, que Venelatin y Leonardo Reyes, de manera solidaria cumplan con remitir al Indecopi la relación de todas las personas que adquirieron entradas para el evento ‘Amaluna’, en un plazo de 15 días hábiles, contados desde el 29 de enero del 2019.

La empresa, además, deberá efectuar publicaciones en un lugar visible de su portal web y redes sociales por 15 días hábiles consecutivos; y realizar una publicación en un diario de circulación nacional, dando a conocer a los consumidores el procedimiento de devolución de los montos adeudados.

Luego de vencido el plazo otorgado, en un plazo adicional de 15 días hábiles, deberán devolver a todos los consumidores que adquirieron entradas el valor total del cobro realizado por cada entrada para el referido espectáculo.

Respecto a Leonardo Reyes, Indecopi indica que el ejecutivo tuvo responsabilidad en las infracciones cometidas, pues se acreditó que actuó con culpa inexcusable. Es decir, que pese a tener pleno conocimiento de los hechos, no realizó ninguna acción para corregir la conducta de la empresa en su calidad de gerente general.

RESOLUCIÓN SERÁ REMITIDA A ENTIDADES
La CC3 señaló que pondrá en conocimiento del Ministerio Público el pronunciamiento emitido, para que evalúe si puede existir algún ilícito penal, en base a los actuados en el procedimiento y tomando en consideración la afectación y conducta de los proveedores frente a la infracción detectada.

Asimismo, puso en conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Dirección General de Gobierno Interior lo resuelto en el procedimiento, con la finalidad de que dichas autoridades tomen conocimiento del caso y lo tengan en cuenta para la realización de futuros espectáculos.

La presente resolución, también, será remitirá a las empresas dedicadas a la venta de entradas para este tipo de espectáculos y que son contratadas por los organizadores.

Esto con la finalidad de que la empresas de dicho rubro evalúen la incorporación de procedimientos, protocolos o cláusulas que permitan atender de manera inmediata las devoluciones, ante posibles cancelaciones de los eventos y de esa manera, garantizar los derechos de los consumidores.

Los administrados sancionados se encuentran en plazo de presentar apelación, lo que sería revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi.

Contenido sugerido

Contenido GEC