El régimen laboral juvenil no debe ser aplicable a los jóvenes de 18 a 24 años de edad sino a los de 16 a 21 años, quienes no tienen muchas probabilidades de ser contratados para un trabajo formal y requieren de una capacitación, sugiere un nuevo proyecto de ley presentado hoy por la bancada de Solidaridad Nacional.
Además plantea que se excluya a los titulados de institutos superiores así como a los profesionales universitarios del ámbito del régimen laboral juvenil.
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"Debe tenerse en cuenta que un técnico titulado o un profesional universitario ya ha sido capacitado por su respectiva institución y tiene el derecho de gozar de todos los beneficios laborales que la ley le otorga con el régimen general", señala la propuesta de ley.
Como se conoce, la Comisión Permanente del Congreso debatirá este 28 de enero las iniciativas legislativas existentes sobre el régimen laboral juvenil, que incluyen la derogación de la ley que lo crea, su modificación y la suspensión de sus efectos.
El proyecto añade que el joven de 16 a 21 años de edad, carente de experiencia laboral y con estudios incompletos, puede tener con esta iniciativa de ley una oportunidad de incorporación al mercado laboral, además de complementar sus estudios, lo que le permitirá en el futuro ser un trabajador con experiencia y especializado en determinada materia.
La iniciativa no plantea derogar la ley laboral juvenil (que elimina beneficios como las gratificaciones y CTS), sino suspenderla por 150 días calendario, y en ese interín realizarle los ajustes que propone.
En la exposición de motivos del proyecto de ley se considera que el régimen laboral juvenil es beneficioso para generar empleabilidad en los jóvenes de 16 a 21 años de edad, pues bajo el régimen laboral general no sería posible.
Según el proyecto, el costo salarial no laboral para el empleador de un trabajador en el régimen general es del 54% adicional, es decir, si un trabajador gana S/.1.000 mensuales, al empleador este trabajador le cuesta S/.1.540 mensuales al tener que asumir los pagos de CTS, gratificaciones, vacaciones, seguro de salud, asignación familiar, seguro de vida, seguro complementario de trabajo de riesgo, Senati.
En el caso de las pequeñas empresas bordea el 29% y de las microempresas, el 5%.
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— Portafolio EC (@PortafolioECpe) enero 20, 2015
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