El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó este viernes un préstamo contingente de hasta US$ 120 millones, que será acordado entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento (CAF).
A través del Decreto Supremo N° 225-2022-MEF, publicado hoy en el diario El Peruano, se autorizó el crédito denominado “Préstamo sectorial contingente, de libre disponibilidad, para el apoyo y el fortalecimiento de los sistemas sanitarios en el marco de la pandemia en Perú”.
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La cancelación del citado préstamo contingente con la CAF se dará en nueve años, que incluye un periodo de gracia de 72 meses, mediante el pago de siete cuotas semestrales y consecutivas, venciendo la primera cuota a los 72 meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
“Devenga una tasa de interés basada en la tasa SOFR, más un margen de 1,75% anual, de acuerdo a la política establecida por la CAF. Durante los primeros ocho años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del contrato, la CAF financiará con carácter no reembolsable, en 85 puntos básicos de la tasa de interés”, señala la norma.
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Además, el referido préstamo contingente está sujeto a una comisión de compromiso del 0,35% anual sobre el saldo no desembolsado, que empezará a devengarse a los 60 días de la fecha de suscripción del contrato, así como a una comisión de financiamiento equivalente a 0,65% sobre el monto del préstamo, de acuerdo a la política establecida por la CAF.
El decreto autoriza al MEF, a través de la Dirección General del Tesoro Público, para que en el marco del préstamo contingente pueda solicitar las denominadas Operaciones de Manejo de Deuda correspondientes a las Facilidades de Conversión de Moneda y de Conversión de Tasa de Interés.
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También señala que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione el préstamo contingente que se aprueba es atendido por el MEF, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
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