El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó hoy el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para hostales categorizados y establecimientos de hospedaje no clasificados ni categorizados con constancia de declaración jurada”.
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Este documento establece disposiciones que deberán seguir estos negocios para operar, en el marco de la pandemia del coronavirus (además de presentar su Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo).
En el caso de los clientes, se dispone el uso obligatorio de mascarilla durante su permanencia en el hospedaje, así como mantener un comportamiento oportuno para evitar contagios.
Además, están obligados a comunicar si presentan algún síntoma de COVID-19 dentro de los 15 días posteriores al check-out del hostal. Para ello, se realizará un registro de su información para efectos de trazabilidad.
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En cuanto a las habitaciones, si cuentan con dos o más camas, deberán mantener una distancia no menor a dos metros. Si hay camarotes, solo se podrá utilizar un nivel, de preferencia el primero. Los colchones deberán mantener su protector puesto.
También se deberá designar un lugar exclusivo para la recopilación de ropa sucia, la misma que deberá ser trasladada usando una bolsa hermética, tanto cuando esté sucia, como limpia. Las lencerías deberán ser embaladas en bolsas aislantes limpias y desinfectadas.
Para el servicio se implementará una política de no contacto físico, la misma que deberá extenderse para realizar las transacciones necesarias: se preferirá las bolestas o facturas virtuales.
Queda prohibido, por otro lado, el saludo mediante contacto físico entre el personal, clientes y terceros.
Instalaciones
Las zonas comunes deberán contar con señalizaciones en el suelo (delante del counter de atención, por ejemplo), para mantener una distancia de dos metros.
El protocolo también exige mantener los ambientes ventilados y bajo óptimas condiciones higiénicas y sanitarias.
El acceso a jardines quedará restringido, de acuerdo a disponibilidad, y los establecimientos deberán retirar los elementos decorativos y folletería que puedan convertirse en focos de infección.
Se deberá implementar un almacén de uso exclusivo para equipajes y pertenencias de huéspedes, las mismas que deberán ser desinfectadas antes de su custodia.
Por otro lado, la distancia social será de un metro, como mínimo, en el caso de ascensores, vestidores, cafetines o medios de transporte. Para el caso de los comedores, el mínimo será de dos metros.
El protocolo fue aprobado vía Resolución Ministerial Nº 122-2020-MINCETUR, publicado hoy en el Diario Oficial el Peruano.
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