Como parte del paquete de medidas económicas para estimular la economía que aprobó hoy el , también se plantea cambiar las reglas de juego de los , específicamente en los relacionados a causas económicas. En cristiano, ahora será algo más fácil para las empresas a un grupo grande de trabajadores argumentando que está en riesgo su sostenibilidad económica. 

El ministro de Trabajo, , explicó que, en la actualidad, las empresas solo pueden realizar ceses colectivos por motivos económicos cuando estos involucran, como mínimo, al 10% de su planilla. Sin embargo, de aprobarse la iniciativa en el Congreso, las empresas podrán despedir colectivamente al 5% de su planilla

"Se ha determinado que los despidos por motivos económicos se reducen en el caso de trabajadores del 10% al 5%, precisándose el concepto de motivos económicos. La situación económica se reduce solo a temas de motivos económicos", dijo el ministro de Trabajo, Fredy Otárola, sin dar mayores explicaciones de la propuesta.

Al respecto, el abogado laboralista, Germán Lora, explicó que para poder despedir por razones objetivas -no relacionadas con la capacidad y conducta del trabajador-, la legislación actual señala que el número de trabajadores involucrados en el cese debe ser por lo menos el 10% de la planilla de la empresa.

Es decir, si se trata de una empresa de 1.000 trabajadores, para poder hacer un cese colectivo por causas objetivas con la ley actual, debe haber por lo menos 100 trabajadores afectados con el despido. Pero con la propuesta, se podrá despedir colectivamente a 50 empleados, bajándose la valla para este procedimiento. 

“Si bien la medida es adecuada porque hay que reducir ese número, pero el tema no debe apuntar por ese lado. Se necesita crear un cese objetivo individual, es decir, que haya un procedimiento de cese colectivo que no exige el cumplimiento de un porcentaje sino que sea trabajador por trabajador", comentó Lora.

MÁS MEDIDAS

El ministro Otárola también anunció que el Consejo de Ministros aprobó que la  tenga además de una visión jurídico laboral, una mirada económica para que las empresas no se sientan coactadas y no se restrinja su crecimiento.

"Adicionalmente se acordó que en pleno cumplimiento del mandato constitucional y la Ley Orgánica del Poder Judicial, los inspectores laborales no podrán abocarse a la evaluación de temas judicializados o que son de competencia exclusiva del Poder Judicial", añadió.

Explicó que se han detectado a veces casos en los que sin respetar la Constitución ha habido esa injerencia, yendo en perjuicio de la relación entre el trabajador y la empresa.

También se dispuso que "no se podrá realizar más de un proceso de inspección sobre el mismo hecho y sobre el mismo trabajador pues eso también perjudica la labor de la empresa".

En el caso de los bonos temporales que las empresas otorgan a sus trabajadores y que están sujetos a un plan de evaluación por desempeño, "estos montos máximos no se consideran remuneraciones computables en las siguientes oportunidades porque son bonos temporales circunstanciales de acuerdo a determinadas circunstancias económicas".

Asimismo, se dispuso el silencio administrativo positivo en el caso de que la Autoridad Administrativa de Trabajo no se pronuncie oportunamente en casos de despidos por razones económicas.

"Se está buscando en verdad mejorar la asignación del capital humano que dispone la economía, lograr mayor empleabilidad a través de normas que de alguna manera sean más flexibles y permitan una mejor relación entre el empleador y trabajador", añadió.

En general, sostuvo que se está presentando una serie de paquetes que van a permitir dinamizar la economía, consolidar el accionar de las empresas "porque es clarísimo que la única forma de lograr un trabajo estable y decente es hacer que este sea productivo y que permita construir un proyecto empresarial sustentable y sostenible en el tiempo".

"Eso es un cambio sustancial que va a ser debatido en el Congreso y esperemos se aprueba en la prontitud", finalizó.

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