En caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto. (Foto: GEC)
En caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto. (Foto: GEC)
/ ANDRES CUYA
Redacción EC

El Ministerio de Economía y Finanzas () estableció hoy un aumento de S/ 30 para las de los beneficiarios del régimen del Decreto Ley Nº 20530, por lo que autorizó una transferencia de S/ 68 millones a favor del Gobierno Central y los gobiernos regionales para financiar este reajuste.

Mediante Decreto Supremo Nº 006-2020-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se indica que el reajuste es a partir de este mes para los jubilados del régimen 20530 que hayan cumplido 65 años o más de edad al 31 de diciembre de 2019 y cuyo valor anualizado de su pensión no exceda el importe de 28 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 120.400.

En ningún caso, el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste -que suma las pensiones reajustadas, pensiones adicionales, gratificaciones o aguinaldos, bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año- podrá superar el tope de 28 UIT anuales.

Asimismo, en caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto.

Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia del mencionado decreto supremo hayan pagado pensiones correspondientes al año 2020, regularizarán el abono del reajuste que dispone la presente norma en el pago correspondiente al mes siguiente.

Los titulares de los pliegos habilitados aprobarán, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en la norma dentro de los próximos cinco días.

Los recursos de la transferencia no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron autorizados.

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