El presidente del Indecopi, Julián Palacín, solicitó al Órgano de Control Institucional (OCI) de la entidad y a la Contraloría General de la República que inicien un procedimiento contra la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) por un posible conflicto de intereses en el caso Bimbo.
Se trata de un proceso de evaluación y fiscalización de las Declaraciones Juradas de Intereses de los vocales y comisionados de todos los órganos resolutivos designados en gestiones anteriores.
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De acuerdo a la Resolución 0134-2021/SDC-Indecopi, Expediente 205-201-CCD de la SDC –órgano resolutivo del Indecopi que cuenta con autonomía frente a la Presidencia Ejecutiva y su ámbito administrativo–, la empresa Bimbo no infringió el principio de legalidad al no estar obligada a consignar la advertencia publicitaria u octógono sobre grasas trans en su producto “pan blanco sin bordes”. La SDC, amparándose en las normas de la Food and Drug Administration de los Estados Unidos de América (FDA), resolvió que el mencionado producto pueda presentarse al mercado con un contenido de “0 g.” de grasas trans.
Uno de los aspectos que ha generado críticas es que la SDC está integrada, entre otros miembros, por Silvia Hooker, también gerenta de Asuntos Internacionales de la Sociedad Nacional de Industria (SNI), quien votó a favor de levantar la multa al considerar que la Ley peruana y el Manual de Advertencias Publicitarias “no precisan parámetros para las grasas trans” y que en su lugar aplicó lineamientos de la administración de alimentos y medicamentos de los Estados Unidos.
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“Si bien las Salas son autónomas de acuerdo con la Ley, lo que me impide modificar o anular cualquier decisión emitida por los órganos resolutivos, eso no me imposibilita tener mi propio criterio sin tener que pronunciarme sobre el fondo de la controversia”, indicó Palacín.
También señaló que, aunque la resolución en cuestión se expidió cuando ni siquiera se había culminado con su proceso de transferencia, exactamente a cinco días de haber asumido funciones, eso no ha impedido que al enterarse de esta decisión haya requerido información respecto a dicha decisión.
Como resultado de ello, se encontró que ya existía una denuncia por conflicto de intereses que viene siendo materia de evaluación por la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
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“Según la Ley 27815, Código de Ética de la Función Pública, he solicitado que esta concluya en el menor plazo posible, con el propósito de proceder a imponer la sanción que corresponda de acuerdo con Ley”, señaló Palacín.
“Asimismo, he dispuesto, a propósito de la denuncia consignada en el Diario La República, que también se remita esta nueva denuncia a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores de la PCM, para que proceda en el marco de sus competencias a determinar las posibles responsabilidades administrativas que hubiere”, agregó.
Al respecto, el presidente de la entidad también mencionó que, al parecer, los Consejos Directivos del Indecopi que lo precedieron desde el 2017 habrían propuesto designar, a través de resoluciones supremas, a servidores públicos por períodos de 5 años, quienes serían los encargados de expedir este tipo de resoluciones “en las que se podría evidenciar que estarían siendo juez y parte”.
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