Redacción EC

En representación del Poder Ejecutivo, la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional presentó ante el (TC) una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2 de la Ley 31143, que modifica la facultad excepcional del Banco Central de Reserva () para fijar que dan las entidades financieras.

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Como se recuerda, en marzo el Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia esta norma, que faculta al BCR a establecer topes máximos y mínimos de las tasas de interés cada seis meses.

La demanda, asimismo, fue presentada este miércoles 28 de abril.

En la demanda se afirma que la ley aprobada por el Congreso es contraria a la Constitución porque vulnera la libertad de empresa, la libre competencia, la libertad de contratar y la obligación constitucional del Estado de garantizar el ahorro”, señaló Luis Alberto Huerta Guerrero, Procurador Público Especializado en Materia Constitucional.

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Huerta añadió que la modificación establecida en la norma conlleva a que una facultad excepcional del BCR “se convierta en una obligación, lo cual contraviene el funcionamiento del sistema financiero, que debe guiarse por las reglas de mercado y no por decisiones de un ente estatal”.

Recientemente el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Waldo Mendoza, en una conferencia de prensa que se presentaría esta demanda debido a que la ley aprobada por el Parlamento, sin considerar las observaciones del Ejecutivo, racionaría el crédito y llevaría a que las entidades financieras no presten dinero como lo hacen en la actualidad.

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Asimismo, Mendoza argumentó que la norma contraviene la Constitución y se ha tratado de implementar en 20 países sin éxito.

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