El Congreso de la República promulgó hoy la Ley General del Bodeguero, que enumera una serie de beneficios para los trabajadores de este sector.
La norma, aprobada el 31 de octubre octubre en el Pleno, incluye una serie de beneficios para las bodegas y establece el 12 de agosto como su día oficial.
En el texto, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se define que el Ministerio de la Producción deberá aprobar el reglamento de la ley en un plazo no mayor a seis meses.
BENEFICIOS
La ley permitirá al Estado brindar asistencia técnica y capacitación a los bodegueros del país, para facilitar su formalización.
Por ello, establece una licencia de funcionamiento provisional automática con una vigencia de 12 meses. Si terminado este plazo no se ha detectado ningún problema, se emite la licencia municipal definitiva automáticamente.
Además, indica que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) debe mantener actualizada la información estadística sobre el sector.
El texto considera la promoción del acceso de los bodegueros al mercado financiero "a través de las instituciones de microfinanzas supervisadas por la SBS".
Por último, para las bodegas formales cuyas ventas anuales no superen las 150 UIT (S/ 622.500, actualmente), pagaran los servicios públicos del régimen residencial, no de una zona comercial.