Este viernes, como parte de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, el gobierno anunció, mediante un Decreto Legislativo (DL) publicado en El Peruano, la creación del Proyecto Especial de Acceso a Predios para Proyectos de Inversión Priorizados (APIP) cuya ejecución está a cargo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión).
El proyecto, con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, tendrá una vigencia de tres años, pudiendo ser extendida por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a pedido del Director Ejecutivo de ProInversión. Asimismo, El reglamento para este proyecto deberá ser aprobado vía Decreto refrendado por el MEF en el plazo máximo de 90 días.
El financiamiento del APIP vendrá del presupuesto asignado a ProInversión, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
Dentro de sus funciones, el APIP tiene asignado sanear a nombre del Estado los derechos de propiedad sobre los predios requeridos para la ejecución de los proyectos de inversión priorizados. Entre las funciones de la nueva iniciativa de ProInversión se encuentran:
1. Formular, aprobar y ejecutar de manera progresiva un programa de diagnóstico, saneamiento físico-legal y acceso a los predios comprendidos dentro del ámbito geográfico de ejecución de los proyectos de inversión priorizados, ya sean formales o informales, públicos o privados.
2. Identificar y reconocer las diversas formas de posesión, ocupación, tenencia y titularidad de predios que se requieran para la ejecución de proyectos de inversión priorizados.
3. Identificar si los terrenos son de propiedad privada o estatal y, en este último caso, formalizar los derechos de propiedad del Estado a favor del Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local.
4. Elaborar o rectificar los planos aprobados u otorgados por entidades estatales y determinar o rectificar áreas, medidas perimétricas y linderos de los predios de propiedad privada que presenten supuestas superposiciones con predios que son objeto de las acciones de saneamiento físico-legal de la propiedad.
5. Determinar los predios que por razones de orden legal no pueden ser empleados para la ejecución de proyectos de inversión priorizados.
6. Declarar la prescripción adquisitiva administrativa y regularizar el tracto sucesivo, mediante procedimientos y declaraciones masivos;
7. Definir la necesidad de la reubicación de pobladores, coordinando con las entidades respectivas y convocar a las asambleas;
8. Celebrar todo tipo de convenios, contratos y acuerdos con instituciones nacionales, extranjeras e internacionales;
9. Contratar especialistas del sector privado para la ejecución de las actividades y la elaboración de propuestas y estudios relacionados con sus competencias;
10. Coordinar la implementación de las acciones y funciones que deban ejecutar otras instituciones públicas para facilitar el acceso a los predios requeridos para la ejecución de los proyectos de inversión priorizados.