La Comisión de Constitución plantea otorgar facultades para realizar modificaciones en temas tributarios como perfeccionar la regulación del Registro Único de Contribuyentes. (Foto: GEC)
La Comisión de Constitución plantea otorgar facultades para realizar modificaciones en temas tributarios como perfeccionar la regulación del Registro Único de Contribuyentes. (Foto: GEC)
Redacción EC

La del Congreso de la República aprobó un predictamen para delegar al Ejecutivo facultades para legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica. ¿Qué se plantea en el documento?

La propuesta del grupo parlamentario, al que tuvo acceso El Comercio, propone otorgar un plazo de 90 días al Ejecutivo para legislar en los mencionados temas. Entre los principales planteamientos destacan:

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En materia tributaria y fiscal

- Modificar la . Entre otras cosas, para rectificar la normativa de la no deducibilidad de erogaciones vinculadas con conductas tipificadas como delitos para atender las recomendaciones de la OCDE. También modificar las rentas netas presuntas de fuente peruana que perciban los contribuyentes no domiciliados y las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades o entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior a fin de incluir a la extracción y la venta de recursos hidrobiológicos.

- Modificar la (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) con la finalidad de: establecer un mecanismo de recaudación para aquellas operaciones realizadas con sujetos no domiciliados en el marco de la economía digital; prorrogar la vigencia de la exoneración de este impuesto; simplificar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes empleando herramientas tecnológicas; incorporar dentro del ámbito de aplicación del ISC a las soluciones líquidas que se usan para vaporizar en sistemas electrónicos de administración de nicotina y similares sin nicotina.

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- Perfeccionar la regulación del en lo relacionado a la facultad de la de inscribir de oficio a aquellos sujetos cuya incorporación se considera necesaria.

- Modificar la Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía a fin de promover la utilización de medios de pago, reduciendo el monto hasta US$ 500 o S/ 200.

- Modificar la a fin de: establecer que el Impuesto Predial y los arbitrios se considerarán los avances de las obras al término del plazo de la licencia de construcción o ampliación; modificar la tasa de Impuesto a las Embarcaciones de Recreo y establecer un sistema que permita reconocer una depreciación anual y lineal de un porcentaje no menor de dichas embarcaciones; establecer una tasa de 0% por concepto de Impuesto al Patrimonio Vehicular en caso de vehículos que hayan sido objeto de hurto, robo o pérdida total; incluir a los tracto camiones en el ámbito del Impuesto al Patrimonio Vehicular; y optimizar mecanismos de cobranza de impuestos.

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- Otorgar preeminencia, en el caso de devoluciones a cargo de la Sunat, al abono en cuenta corriente o de ahorres sobre los medios de devolución.

- Incorporar la obligación de almacenar, archivar y conservar libros y registros contables por parte de personas jurídicas que sean extinguidas al amparo del .

En materia financiera

- Dictar medidas específicas para el fortalecimiento del para garantizar su solvencia patrimonial a largo plazo, así como a través de la modernización de sus instrumentos de gestión de recursos humanos, logísticos y tecnológicos.

- Fomentar una mayor competencia en la prestación del servicio de transporte y custodia de dinero y valores, modificando la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

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- Incrementar el topo máximo de multas que puede imponer la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para evitar la comisión de conductas infractoras por parte de las entidades supervisadas.

- Fomentar mayor competencia de entidades que están bajo supervisión de la SBS y optimizar los procesos de la .

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En materia de reactivación económica

- Establecer hasta el 31 de diciembre del 2022 medidas especiales para facilitar la tramitación, evaluación, aprobación de procedimientos a cargo de las entidades del Estado en materia de inversión privada y público-privada. Estos mecanismos pueden abarcar las siguientes materias:

  1. Exceptuar temporalmente a los proyectos ejecutados bajo la modalidad de APP de las licencias de habilitación urbana o de edificación, para su posterior regularización.
  2. Autorizar a las entidades públicas titulares de proyectos para que fijen de manera directa el valor de tasación de los inmuebles tomando en cuenta el valor nominal de los mismos.
  3. Facultar a las entidades públicas titulares de proyectos a financiar o ejecutar directamente las actividades e intervenciones para la liberación de interferencias.
  4. Facultar a las entidades públicas titulares de proyectos a facilitar servidumbres en favor del Estado con carácter forzoso.
  5. lncorporar a opinantes técnicos vinculantes y no vinculantes en el acompañamiento de la etapa de elaboración de la línea base del Estudio de impacto ambiental o de su modificación.
  6. Reducir los plazos para la emisión de licencias en materia arqueológica.
  7. Otras relacionadas con reglas, criterios, alcances, fuentes y mecanismos de financiamiento, funciones, competencias y procesos necesarios para promover la reactivación económica y la inversión privada y público privada.

- Modificar el marco legal del mecanismo de Obras por lmpuestos para ampliar sus fuentes de financiamiento y alcances para incluir a las IOARR, las IOARR de Estado de Emergencia Nacional, así como las actividades de operación y mantenimiento a fin de asegurar y promover su utilización en todos los niveles de gobierno, con especial énfasis en gobiernos regionales y locales

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- Mejorar y consolidar las reglas, criterios, alcances, fuentes y mecanismos de financiamiento, funciones, competencias y procesos aplicables a las modalidades de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos con la finalidad de promover y proteger las inversiones desarrolladas en el marco del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada.

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