Las acciones del Gobierno ante el impacto del coronavirus en materia económica fueron más que necesarias ante una crisis que ha afectado a miles de personas y empresas. Varias de las medidas que se tomaron fueron de carácter tributario.
Especialistas han coincidido en que las acciones llevadas a cabo –dictadas por la Sunat o el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), tras recibir facultades– han sido positivas en su aplicación durante la cuarentena generalizada. Sin embargo, remarcaron que no son suficientes para los próximos meses.
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CUARENTENA GENERAL
El freno de las actividades, debido a la inmovilización social obligatoria, calzó con el vencimiento de las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a la Renta (IR) del 2019. Por ello, una de las primeras normas publicadas fue la extensión del plazo de declaración hasta fines de julio.
Expertos coinciden en que esta medida, entre otras que brindaron facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, fue la más destacada en este contexto.
“Lo que se ha hecho es dar normas temporales con prórrogas para así permitirles diferir su obligación y disponer de caja”, explicó Giorgio Balza, gerente de Consultoría Tributaria de PwC.
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Sin embargo, Jorge Bravo, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, criticó que se haya discriminado en su alcance a los principales contribuyentes (Pricos), es decir, a las empresas grandes.
“Es injusto porque la cuarentena afectó a todas las firmas por igual”, remarcó.
Otra iniciativa que destacó Bravo fue que la Sunat emitió una disposición para que durante la cuarentena generalizada no se aplicara su facultad sancionadora por incumplimientos, sino que esta fuera discrecional.
Asimismo, Balza y Bravo consideraron positivo que el MEF haya decidido permitir fraccionar en 36 cuotas las deudas de los contribuyentes generadas hasta setiembre.
El experto de PwC también saludó que en este contexto la Sunat haya potenciado la Mesa Virtual de Partes, por lo que se puede iniciar por esta vía la mayoría de los procedimientos.
“Ahora el proceso para sacar un RUC es 100% digital. Esto marca un punto cero en la digitalización. Se ahorran tiempo y costos operativos”.
Giorgio Balza, gerente de Consultoría Tributaria de PwC
PENDIENTES
Balza y Álvaro Arbulú, socio de impuestos de EY Perú, indicaron que el Gobierno debe abordar con urgencia la regla para el endeudamiento de las empresas, conocida como la de subcapitalización.
Esta permite que las compañías deduzcan como gastos los intereses de sus créditos por un máximo de tres veces el patrimonio de la compañía. Pero en el 2021 va a modificarse y el máximo será por el 30% de su Ebitda tributario del año previo, explicaron.
El problema, detallaron, radica en que este año las empresas tomarán créditos para continuar con sus operaciones y, a su vez, sus resultados estarán “por los suelos”. Si se suman estos factores, las firmas se verán afectadas al no poder deducir una cantidad considerable de intereses.
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“Eso quiere decir que para el 2021, como todas las empresas estarán en negativo, no podrá deducirse ni un sol de interés. Este cambio, dispuesto en el 2018, va a darse en un momento desproporcional al actual”, dijo Balza.
Ante este escenario, Arbulú refirió que en algunos países se ha optado por incrementar el límite hasta el 50%, aunque en otros se ha suspendido. Indicó que la primera opción sería la más ideal para el Perú, además de que se considere el mismo año y no el previo. Balza precisó que el plazo para realizar modificaciones al respecto es hasta un día antes de finalizar el año.
“Evidentemente esto no está en los planes de Congreso de la República, así que el Ejecutivo deberá actuar. Se necesita tener un empresariado fuerte porque de lo contrario no hay buenos tributos, no hay ingresos al erario y no se podrá cubrir las demandas sociales”.
Álvaro Arbulú, socio de impuestos de EY Perú
Por su parte, Bravo señaló que uno de los espacios que aún se tiene por trabajar está relacionado a las donaciones de las empresas, pues hoy se carece de un régimen que permita hacerlas directamente a la sociedad y sin límites sin pagar impuestos.
“Hoy, cuando una empresa hace una donación y no la hace al Estado le cuesta porque no se permite la deducción del 29,5% de dicho valor”, sentenció.
AVANCES
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señaló a El Comercio que están evaluando el límite de la regla de endeudamiento de las empresas, entre otras alternativas de apoyo a los contribuyentes afectados por la pandemia.
“Permanentemente estamos evaluando otra serie de medidas en función de la evolución y efectos de la crisis, siempre mirando recomendaciones de mejores prácticas internacionales y cuidando de preservar la sostenibilidad y estabilidad fiscales; así como la equidad en el sistema tributario”, precisó la cartera.
A su turno, la Sunat señaló que “está pendiente” publicar la resolución que aprueba el formulario virtual para fraccionar las deudas, así como otras acciones de facilitación como el trámite del RUC mediante su aplicativo APP Personas.
Respecto a la medida que permitirá el fraccionamiento de deudas, el MEF indicó que los contribuyentes se podrán acoger “desde esta semana”.
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