El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró este jueves infundado el recurso de apelación interpuesto por Telefónica del Perú y confirmó la multa impuesta a la operadora por un total de S/2′468,400.
De acuerdo con la Resolución del Consejo Directivo N° 237-2021-CD/Osiptel, publicada en el diario oficial El Peruano, el ente regulador señaló que se le aplicó 11 sanciones de 51 UIT cada una contra la empresa.
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Cuatro de ellas corresponde por publicar en su página web información inexacta de los valores de los indicadores de la Tasa de Intentos No Establecidos (TINE) y Tasa de Llamadas Interrumpidas (TLLI) del servicio de público móvil, dado que dicha información no coincide con los resultados obtenidos por Osiptel en el 2017.
Además, cinco multas son por incumplir los valores objetivos del indicador TINE en los departamentos de Cajamarca, Ica y Ucayali, durante el primer trimestre de 2017. También en Huancavelica durante el segundo trimestre, y en la región de Loreto en el tercer trimestre de ese mismo año.
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En tanto, dos sanciones se aplicaron por el incumplimiento del valor objetivo del indicador TLLI en los departamentos de Cajamarca y Ucayali, durante el primer trimestre de 2017.
El ente fiscalizador declaró que con la presente resolución se agota la vía administrativa, y no procede ningún recurso más.
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