La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) dio por concluido el proceso entre Redes Andinas de Comunicaciones (RAC), subsidiaria de la empresa norteamericana Quanta Services, Inc. (Quanta), y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), tras revisar, absolver las consultas y observaciones realizadas por ambas partes en torno al laudo emitido el 5 de agosto pasado.
El Tribunal Arbitral ratificó que el Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel) del MTC, resolvió de manera ilegal dos contratos de inversión firmados con RAC, destinados a ejecutar dos proyectos de acceso de internet y capacidad de banda ancha para 2.317 instituciones públicas de 1.316 localidades rurales en las regiones de Cajamarca, Piura y Tumbes.
El laudo otorga a RAC una indemnización de US$ 177 millones correspondientes al reembolso de las cantidades cobradas por Pronatel en virtud de las fianzas de anticipo y las fianzas de cumplimiento.
También el pago de las cantidades adeudadas por el trabajo realizado por RAC en virtud de los contratos, el pago del lucro cesante en relación con la futura operación y mantenimiento de las redes por parte de RAC, y el pago de otros costos, como daños relacionados con RAC como resultado del incumplimiento y la terminación indebida de los contratos.
El conflicto
Según Quanta Services, los proyectos experimentaron desde un principio numerosos retrasos relacionados principalmente a problemas con la posesión y compra de los terrenos en los que se debían desarrollar las obras.
Agregó que esta contingencia, de la cual era absolutamente consciente Pronatel, impedía culminar con los trabajos en los plazos contractuales establecidos, motivo por el cual RAC solicitó y recibió múltiples extensiones de dichos plazos.
“Sin embargo, en abril de 2019, durante el Gobierno del presidente Martín Vizcarra, Pronatel denegó de manera inexplicable una nueva solicitud de ampliación de plazo presentada por RAC en los mismos términos de las anteriores, alegando que esta vez no se ajustaba a las causales señaladas en el contrato. Tras esta negativa, Pronatel procedió a resolver los contratos de financiamiento injustificadamente y se negó a recibir las redes para liquidar los mismos”, indicó en una nota de prensa.
Señaló que las obras tuvieron que ser entregadas ante un notario público y un informe técnico del Colegio de Ingenieros del Perú se encargó de certificar el nivel de avance y las condiciones en las que se encontraban.
Además, mencionó que al momento de la resolución unilateral de los contratos por parte de Pronatel, la Red de Transporte (tendido de fibra óptica) del proyecto de Cajamarca estaba culminada al 100% y la de Tumbes-Piura al 99,4%. En el caso de la Red de Acceso (conexión del servicio vía red inalámbrica) el porcentaje de avance era del 68,8% en Cajamarca y 70,95% en Tumbes-Piura.
El laudo arbitral concluyó que las causas que originaron los retrasos en ambos proyectos no eran atribuibles bajo ninguna circunstancia a RAC y que Pronatel incumplió los contratos al no conceder las últimas justificadas ampliaciones solicitadas por RAC ni cuantificar el impacto de la problemática de la adquisición de terrenos.
Cabe señalar que está pendiente de resolución un arbitraje adicional presentado por Quanta Services Netherlands, principal accionista de RAC, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), por considerar que se han violado también derechos amparados en el tratado sobre promoción y protección recíproca de inversiones entre el Perú y los Países Bajos.
De acuerdo a la empresa, de ganar también dicho arbitraje la indemnización total a pagar por el Estado peruano se elevaría a US$ 300 millones.
“Consideramos que el laudo es justo y proporcionado y refuerza la posición de Quanta en el arbitraje que estamos siguiendo ante el CIADI. Confiamos en que el Gobierno peruano cumplirá a cabalidad con lo que ha ordenado la Corte de Arbitraje internacional y cancelará en el plazo previsto el monto de indemnización establecido para evitar que se tenga que recurrir a otras medidas de ejecución coactiva contempladas en este tipo de procesos”, señaló Mauricio Raffo, abogado externo de RAC y Quanta Services Netherlands en Perú.
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