Con la ley que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) aprobada, la posibilidad de que este beneficio laboral sea reemplazado por un seguro de desempleo ha vuelto a asomarse como una posibilidad.
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Para Luz Pacheco, docente de Derecho de la Universidad de Piura (UDEP), dicha propuesta encuentra asidero debido a que la CTS no está cumpliendo con el objetivo de funcionar como un respaldo en caso de desempleo.
“Cada cierto tiempo se está autorizando un retiro, ya sea total o parcial, generando que el trabajador no disponga de ese fondo en el momento que realmente lo requiera, es decir, cuando no tenga empleo”, afirma.
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Al respecto, André Cossio, asociado del área laboral del Estudio Rubio, Leguía, Normand, sostiene que consideran que el tratamiento de la disposición de la CTS no siempre se ha guiado por cuestiones técnicas, resulta pertinente evaluar alternativas, como el seguro de desempleo, que garanticen el acceso a ingresos a los trabajadores que cesen en sus empleos, sin incrementar el gasto social por parte del Estado y de los costos laborales de los empleadores.
“En muchas ocasiones se ha autorizado la disposición de la CTS por cuestiones ajenas a su finalidad, como cuando el gobierno buscaba ‘incentivar’ el consumo interno y lo mismo se advierte con la norma que permite retirar el íntegro de la CTS por este año. Sin duda, son medidas políticas y/o cortoplacistas, sin considerar el riesgo social que genera que los trabajadores formales no cuenten con una cobertura económica en caso de cese”, anota.
Pero, considerando –como señala Cristina Oviedo, socia del área laboral del Estudio Payet– que la desnaturalización de la CTS se evidencia “aún más” con las normas que han permitido a lo largo de los años la disposición parcial, y ahora total, de este fondo, la laboralista asegura que implementar un seguro de desempleo, en vez de la CTS, significaría reducir derechos económicos que los trabajadores perciben como constantes.
“El principal problema para realizar reformas es que los trabajadores que tienen derecho a la CTS perciben este ingreso como una tercera gratificación anual, con la única diferencia que es depositada en una cuenta distinta de la que no pueden disponer tan fácilmente y esa no es una decisión popular”, añade.
¿CÓMO FUNCIONARÁ?
Sobre las características que debería tener el seguro de desempleo, Luz Pacheco sugiere que “sería más eficaz” que un porcentaje del 12,5% que el empleador paga actualmente para cubrir la CTS se distribuya para el seguro de desempleo, mientras que el resto debería destinarse a un fondo de garantía salarial para que en caso el empleador no pueda cubrir lo que le adeuda al trabajador, por casos de quiebra o similares, se active este fondo para pagar los beneficios laborales.
La especialista en derecho laboral precisa que “tanto el seguro de desempleo como el fondo de garantía salarial deben ser cubiertos por el empleador y, en una mayor parte, por el Estado. De esta manera se disminuirían los costos salariales y se garanticen condiciones dignas para los trabajadores en casos de desempleo”.
Al respecto, Cristina Oviedo considera que un eventual seguro de desempleo debería funcionar de manera similar a la que funcionan actualmente los subsidios por maternidad, en los que los aportes de las propias empresas son los que permiten que las madres trabajadoras continúen cobrando remuneraciones mientras están de licencia y sin cargarlas sobre el empleador.
“En el caso del [seguro de] desempleo los beneficiarios de este seguro o subsidio serán más que las madres trabajadoras, por lo que sí sería necesaria una participación más activa del Estado, pero dentro de los límites de la responsabilidad para que este fondo pueda ser sostenible en el tiempo”, indica.
Similar es la opinión de André Cossio. Para el laboralista, se deben idear alternativas eficientes que garanticen una adecuada cobertura económica para los trabajadores cesados sin que ello incremente los costos laborales de las empresas, ni el gasto social del Estado.
“Si el seguro por desempleo, como ocurre con el Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo (SCTR), pudiese ser contratado con empresas aseguradoras, se podría garantizar la finalidad de este, toda vez que las condiciones de la póliza se activarían al cese del trabajador, independientemente del motivo de su salida”, indica.
¿CUÁNDO?
Y aunque la puesta en marcha de un seguro de desempleo es una buena idea, Cristina Oviedo advierte que tiene un costo político muy alto, por lo que no creemos que en esta coyuntura algún partido tome el liderazgo y la iniciativa para eliminar un derecho laboral que ingresa en los bolsillos del trabajador.
“Lo peor que podrían hacer los legisladores es crear el seguro de desempleo y de manera paralela mantener la existencia de la CTS porque ello alejaría a muchos más empleadores y trabajadores de la tan ansiada formalidad. Además, la CTS se ha convertido en un beneficio laboral común y quienes tienen trabajo no lo querrán cambiar por un derecho expectaticio”, apunta.
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