Un nuevo procedimiento sancionador contra Solidaridad Nacional por propaganda electoral ha sido admitido por el JEE de Lima Centro 1. Hace unos días se abrió otro por un video. (Foto: GEC)
Un nuevo procedimiento sancionador contra Solidaridad Nacional por propaganda electoral ha sido admitido por el JEE de Lima Centro 1. Hace unos días se abrió otro por un video. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 dispuso admitir a trámite un procedimiento sancionador contra la organización política por una presunta infracción en la que habría incurrido con la difusión de cierta propaganda electoral en el marco de las .

El ente electoral señala que se le atribuye a Solidaridad Nacional una infracción prevista en el numeral 7.3 del artículo 7 del reglamento sobre propaganda electoral. Este señala que “prescribe como infracción la promoción de actos de violencia, denigración o discriminación contra cualquier persona, grupo u organización política por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole”.

El JEE indica que se habría cometido la presunta infracción al advertirse la difusión de propaganda electoral que promovería la discriminación, a través de la cuenta de Twitter del Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro y de la cuenta @sonqosua57, perteneciente a Francisco Javier Pacheco Manga, candidato con el número 20 de Solidaridad Nacional.

El primero es un tuit que dice “no recomendamos votar por estos candidatos” y muestra una lista con los nombres, en la que aparecen Alberto de Belaunde y Gino Costa, del Partido Morado; Julio Arbizu, de Juntos por el Perú, y Arlette Contreras y Rocío Silva Santisteban, del Frente Amplio, entre otros. El segundo tuit, que dice “si votan por ellos”, ha sido eliminado de la red social.

El JEE ha corrido traslado de su resolución a Diana Masamoto Rivas, personera legal alterna de Solidaridad Nacional, para que en el plazo de tres días hábiles proceda a realizar los descargos respectivos, bajo apercibimiento de emitir pronunciamiento sin su absolución.

Este procedimiento sancionador que se ha abierto se suma a otro que se ha admitido contra Solidaridad Nacional por la difusión en sus redes sociales de un video en el que equipara a los grupos terroristas Sendero Luminoso y MRTA con algunos políticos peruanos.

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