Según la Ley Orgánica de Elecciones, está prohibido a toda autoridad política o pública “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato. (Foto: GEC)
Según la Ley Orgánica de Elecciones, está prohibido a toda autoridad política o pública “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato. (Foto: GEC)
Redacción EC

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Este 2 emitió una resolución este viernes en la que decide remitir al Ministerio Público el caso del gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, Edgar Adolfo Ocampo Atto, quien fue grabado en una actividad de apoyo a la candidata Flor de María Hurtado.

Dicha entidad decidió remitir este caso al Ministerio Público, debido a que se consideró que habría vulnerado el principio de neutralidad exigido a los funcionarios públicos.

“Que evaluados los actuados remitidos por la Coordinadora de Fiscalización del Jurado Electoral Especial de Lima Este 2, se advierte que Edgar Adolfo Ocampo Atto, gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, habría incurrido en presunta vulneración al principio de neutralidad”, se lee en la resolución.

“Se resuelve, disponer la remisión de los actuados al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a fin de que procedan conforme a sus atribuciones”, señala el documento del organismo adscrito al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La decisión fue adoptada a propósito de los hechos que se observan en el siguiente video:

Según la Ley Orgánica de Elecciones, está prohibido a toda autoridad política o pública “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido o candidato”.

Cabe destacar que la candidata Flor de María Hurtado es la esposa del alcalde de San Juan de Lurigancho, Álex Gonzáles Castillo.

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