Ariana Lira Delcore

La normativa electoral es clara: una vez inscritos, los candidatos no pueden regalar bienes que superen el 0,3% de una UIT, es decir, S/12,60. Así lo establece el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP).

En el presente proceso electoral, ya son cuatro los casos que se han registrado sobre presuntas infracciones a esta norma. Dos corresponden a candidatos de . Por un lado, Guillermo Aliaga Pajares, número 3 en la lista por Lima, fue acusado de entregar pelotas de plástico durante una chocolatada navideña en Lince, el pasado 14 de diciembre. En diálogo con El Comercio, el postulante precisó que las pelotas eran artículos de propaganda electoral, pues contenían el símbolo del partido y su número, lo cual se encuentra permitido por la ley, siempre y cuando el valor no exceda los S/12,60 [ver nota vinculada]. El candidato indicó que entregará las boletas que comprueban que el costo de cada pelota fue de S/1,80.

Guillermo Aliaga Pajares, candidato de Somos Péru, reparte pelotas de plástico en campaña.
Guillermo Aliaga Pajares, candidato de Somos Péru, reparte pelotas de plástico en campaña.

En Arequipa, el exregidor Mario Melo Villalba, quien postulaba también por Somos Perú, fue denunciado por obsequiar 24 cajas de leche y un saco de azúcar en una campaña navideña. El caso, sin embargo, fue archivado luego de que este renunciara a su candidatura el último 9 de diciembre.

Mario Melo Villalba de Somos Perú. Esta investigado por haber repartido 24 cajas de leche y un saco de azúcar.
Mario Melo Villalba de Somos Perú. Esta investigado por haber repartido 24 cajas de leche y un saco de azúcar.

Otro caso es el de Leslye Lazo Villón, postulante por y esposa del alcalde de San Martín de Porres (SMP), Julio Chávez. El 16 de diciembre, un usuario de Twitter difundió una imagen en que se aprecia a la candidata presuntamente entregando bolsas de fideos.

A raíz de este hecho, el JEE Lima Norte emitió un informe de fiscalización en el que concluyó que “no se puede corroborar la presunta infracción a la normativa electoral”, debido a que no se ha especificado fecha, hora y lugar en que se dio la presunta dádiva.

Luz Méndez, integrante del equipo de campaña de Lazo, aseguró que la imagen corresponde a una actividad del comité de damas de la Municipalidad de SMP realizada en junio, cuando esta aún no era candidata.

El último es el de Luis Enrique Becerra, número 2 de Podemos Perú por el Callao. Según la denuncia, el postulante habría entregado –a través de una rifa– canastas de víveres en Ventanilla el último 20 de noviembre. El 9 de diciembre, el JEE del Callao multó al candidato con 30 UIT. La decisión ha sido apelada ante el .

Luis Enrique Becerra Jiménez, candidato de Podemos Perú, está acusado de repartir canastas con víveres.
Luis Enrique Becerra Jiménez, candidato de Podemos Perú, está acusado de repartir canastas con víveres.

Enrique Wong, secretario general de Podemos Perú, indicó que el partido está a la espera del pronunciamiento final del JNE, pero rechazó la conducta del candidato. “Nosotros habíamos acordado que de ninguna forma podemos dar dádivas. Tenemos entendido que [Becerra] repartió canastas con el fin de conseguir votos”, dijo.

—Las sanciones—

Según las normas electorales, a quien infrinja la prohibición sobre dádivas por primera vez le corresponde una multa de 30 UIT (S/126.000). En caso de reincidencia, el candidato será excluido. Sin embargo, la exclusión procede la primera vez en caso de que la dádiva supere las 2 UIT (S/8.400). Las sanciones pueden ser apeladas ante el JNE. Luego del 27 de diciembre –fecha límite para la exclusión de candidatos–, se podrá sancionar únicamente con multas a quienes infrinjan las reglas sobre dádivas.

Para José Manuel Villalobos, especialista en materia electoral, la norma es muy flexible, ya que permite a los candidatos evitar ser excluidos. “Si tengo pensado regalar cosas, lo hago el 27 de diciembre, porque el JNE no va a tener tiempo de procesarme. Y si es un candidato con plata, 30 UIT no le hacen cosquillas”, sostiene.

El Comercio buscó comunicarse con el excandidato Melo, pero al cierre de esta edición no obtuvimos respuesta.

—Obsequios permitidos—

Bienes para consumo individual e inmediato en evento proselitista gratuito, que no excedan el 0,3% de una UIT y artículos publicitarios de propaganda electoral, que no excedan el 0,3% de una UIT.

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