El Decreto Legislativo 1499 reconoce los derechos y beneficios laborales de las trabajadoras del hogar. (Foto: GEC)
El Decreto Legislativo 1499 reconoce los derechos y beneficios laborales de las trabajadoras del hogar. (Foto: GEC)
Redacción EC

La Defensoría del Pueblo advirtió que retener a una trabajadora del hogar en el centro de labores constituye un delito que puede ser plausible de una denuncia penal por coacción o contra la libertad personal.

A través de Twitter, remarcó que en actual estado de emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus (COVID-19), no se debe permitir ningún abuso contra este grupo de trabajadores.

“Desde la Defensoría del Pueblo, advertimos que retener a un/a trabajadora del hogar en el centro de labores podría configurar como delito de coacción o contra la libertad personal. En actual Estado de Emergencia, no se debe permitir ningún abuso contra este grupo de trabajadores”, señaló.

La institución recordó que según el Decreto Legislativo 1499, los empleadores deben garantizarles condiciones dignas, además de proporcionarles equipos, herramientas y demás implementos para garantizar su salud.

Como se recuerda, dicha norma establece la necesidad de la celebración de un contrato escrito entre las partes, que deberá ser registrado en el aplicativo web aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Asimismo, se establece una remuneración acordada entre las partes y ajustada al marco legal vigente, y reconoce como obligación el extender una boleta de pago, la misma que será firmada por el/la trabajador/a del hogar.

También incorpora el artículo 2-A, el cual indica que la edad mínima para trabajar es 18 años, a fin de prevenir la trata de personas con fines de explotación laboral y abusos contra menores de edad, especialmente niñas y adolescentes.

Finalmente, la normativa prohíbe expresamente, en el artículo 16-A, todo acto de discriminación contra las/os trabajadoras/es del hogar y reconoce su derecho a una protección contra la violencia y el acoso en todas sus formas, particularmente el hostigamiento sexual laboral.

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¿Qué es el COVID-19?

La COVID-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.

El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.

¿Cuáles son los síntomas del nuevo coronavirus?

Entre los síntomas más comunes del covid-19 están: fiebre, cansancio y tos seca, aunque en algunos pacientes se ha detectado dolor corporal, congestión nasal, rinorrea, dolor de garganta y diarrea. Estos malestares pueden ser leves o presentarse de forma gradual; sin embargo, existen casos en los que la gente se infecta, pero no desarrolla ningún síntoma, precisó la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Además, la entidad dio a conocer que el 80 % de personas que adquieren la enfermedad se recupera sin llevar un tratamiento especial, 1 de cada 6 casos desarrolla una enfermedad grave y tiene dificultad para respirar, la gente mayor y quienes padecen afecciones médicas subyacentes (hipertensión arterial, problemas cardiacos o diabetes) tienen más probabilidades de desarrollar una enfermedad grave y que solo el 2 % de los que contrajeron el virus murieron.

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