El personal de salud de las Fuerzas Armadas recibirá una bonificación extraordinaria por exposición al riesgo de contagio por COVID-19 durante marzo, abril y mayo. (Foto: Hugo Pérez / GEC)
El personal de salud de las Fuerzas Armadas recibirá una bonificación extraordinaria por exposición al riesgo de contagio por COVID-19 durante marzo, abril y mayo. (Foto: Hugo Pérez / GEC)
/ Hugo Perez
Redacción EC

El Ejecutivo autorizó la transferencia de más de S/ 26 millones al pliego del Ministerio de Defensa () para que pueda financiar la contratación de personal, el otorgamiento de la cobertura de seguro de vida, la programación de ampliaciones de turno a los profesionales de la salud de las Fuerzas Armadas (FF.AA.). Además, el otorgamiento de entrega económica por prestaciones adicionales y la entrega de una bonificación extraordinaria por exposición al riesgo de contagio por el ante la actual pandemia en el país.

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Según el , el Ejecutivo dispone la transferencia de S/ 2.9 millones para que el Mindef pueda contratar personal bajo la modalidad del régimen especial de contratación administrativa de servicios asistenciales en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención de las Fuerzas Armadas. Igualmente, para financiar la el otorgamiento excepcional de la cobertura del seguro de vida por riesgo de mortalidad al personal de la salud.

También, se autoriza la entrega de S/ 15.8 millones para que los establecimientos de salud de las FF.AA. puedan programar ampliaciones de turno a los profesionales de la salud para realizar servicios complementarios, de hasta por un máximo de 8 turnos al mes y cada turno por un máximo de 12 horas por día.

Con esto, se busca incrementar la oferta de los servicios de salud que se requieren para la atención de casos sospechosos o confirmados de .

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La norma establece, además, que el Mindef reciba S/ 3.4 millones para que durante los meses de marzo, abril y mayo de 2021 realice la entrega económica por prestaciones adicionales en salud a favor de los técnicos asistenciales y auxiliares asistenciales de la salud del primer, segundo y tercer nivel de atención de las sanidades de las FF.AA. comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo N° 1153 y Decreto Legislativo N° 1057.

Asimismo, se autoriza la entrega de S/ 5.2 millones para que entre marzo y mayo del 2021, se otorgue una bonificación extraordinaria al personal de salud de las sanidades de las Fuerzas Armadas por exposición al riesgo de contagio por COVID-19. Los profesionales que accederán a este beneficio son:

  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud de los establecimientos del primer, segundo y tercer nivel de atención que intervienen en el diagnóstico, tratamiento y manejo de los casos sospechosos o confirmados con COVID-19 y que requieren ser atendidos por las diferentes unidades productoras de servicios de salud.
  • Personal que realiza vigilancia epidemiológica, que contempla actividades destinadas a la identificación clínica y de apoyo al diagnóstico de casos de COVID-19 y sus contactos, la gestión y manejo de residuos biocontaminados en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención.
  • Personal de la salud que participa en la toma de muestras de pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID-19 o realiza vigilancia epidemiológica en los laboratorios de referencia.
  • Personal que realiza visita domiciliaria a los pacientes que reciben atención ambulatoria, que contempla la identificación de casos sospechosos de COVID-19, el seguimiento de casos positivos que se encuentren en manejo ambulatorio, así como el manejo prehospitalario y el traslado de casos positivos con complicaciones.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que realizan el manejo del cadáver en los establecimientos de salud o similares y los que integran el Equipo Humanitario de Recojo de Cadáveres.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que realiza visita domiciliaria en el primer nivel de atención.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales que realizan triajes diferenciados en los establecimientos de salud de los diferentes niveles de atención.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que forman parte del Equipo de Acompañamiento Psicosocial para el Personal de la Salud; exceptuando aquellos cuya forma de atención no involucra exposición al contagio (telesalud).
  • Profesionales y técnicos asistenciales de la salud de los Centros de Salud Mental Comunitarios.

El mencionado Decreto de Urgencia fue refrendado por la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, la ministra de Defensa, Nuria Esparch, y el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza.

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