Atención conductores. La multa a pagar por cometer la infracción respecto a los excesos en límites de velocidad (máximos o mínimos) se tipifica ahora en un monto correspondiente al 18% de una UIT (Unidad Impositiva Tributaria); es decir, con S/.693.
Cabe recordar que la norma anterior establecía que la multa era del 12% de una UIT. Hasta el año pasado, el monto a pagar alcanzaba los S/. 456.
Esta falta -con código M.20 y calificada como muy grave- mantiene en 50 los puntos que se acumulan en el registro del conductor, según da cuenta el Decreto Supremo 025-2014-MTC.
El 2013 hubo 102.762 accidentes de tránsito, mientras que a octubre del 2014 se contabilizaron 78.352 en el país, según indicó esta mañana a Canal N Elvira Moscoso, titular de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).
Asimismo, acotó que las principales causas de los accidentes de tránsito en las ciudades son el exceso de velocidad y la conducción de un vehículo en estado de ebriedad.