Declaran infundado recurso de Burga para no ser extraditado
Declaran infundado recurso de Burga para no ser extraditado
Ana Briceño

La Sexta Sala de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundado el hábeas corpus que presentó en junio para que se deje sin efecto la sentencia que ordenó su extradición a Estados Unidos, donde se le acusa de haber formado parte de una “asociación de delincuencia organizada”. 

Según la resolución, a la que tuvo acceso este Diario, el ex presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) –a través de su abogado César Nakazaki– argumentó que la justicia de Estados Unidos lo sindica de conspiración, un delito que, según dijo, no está tipificado en el Perú y por lo tanto “no debe proceder la extradición”.

Nakazaki ha sostenido que para que el procedimiento de entrega proceda, se debe cumplir el principio de doble incriminación, es decir que el delito por el que una persona es requerida en otro país debe estar previsto en el Perú.   

-La decisión de los jueces-

Los jueces que votaron a favor de que se declare improcedente el hábeas corpus de Manuel Burga fueron Óscar Súmar, Óscar León y Emilio Quezada (dirimente).

El fundamento de los magistrados fue que no se puede valorar el principio de doble incriminación “desde una mirada literal”; es decir, los hechos que le imputan a Burga en EE.UU. no deben ser  “calificados bajo una idéntica denominación normativa” con los delitos en el Perú. 

Según la acusación fiscal de Estados Unidos, Burga, como integrante de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), “negoció de manera fraudulenta los derechos de transmisión de la Copa Libertadores y la Copa América.

Ex presidente de la FPF apelará fallo ante el Tribunal Constitucional para librarse de ser extraditado a Estados Unidos

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