La rapidez con la que circulan los trenes de la Línea 1 del Metro de Lima por la estación Arriola, La Victoria, contrasta con el intenso tráfico que ocurre por debajo de sus rieles. No solo eso: la entrada y las zonas aledañas a ella lucen un estado caótico debido a la falta de control y fiscalización de vehículos infractores, ambulantes, peatones imprudentes y motos lineales. A este escenario deplorable se suma el bullicio de las bocinas en cada semáforo detenido y los restos de basura acumulada.
En este panorama, bastan treinta minutos para observar al menos 120 infracciones en solo media hora de 9 tipos de faltas distintas. Así lo comprobó El Comercio entre las 7:30 am y 8 a.m. del último lunes. Las infracciones se cometen a pesar de la presencia de efectivos de la Policía Nacional (PNP).
Taxis en moto: un servicio tan ilegal como inseguro
El Comercio detectó dos paraderos donde 3 motos lineales ofrecían el servicio ilegal de taxi a los usuarios de la Línea 1. Ambos se encuentran en el cruce de la Av. Aviación y la calle 25 de diciembre, al costado de la entrada de la estación Arriola, donde un policía dirigía el tránsito. Cada moto realiza un promedio de 2 viajes en un lapso de 15 minutos.
Esta es una actividad expresamente prohibida. La Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores (Ley 27189) menciona que brindar el servicio de taxi en motocicleta es ilegal. Por su parte, el Reglamento Nacional de Administración del Transporte (RNAT) indica que el servicio de taxi debe ser ofrecido exclusivamente por autos de la categoría M1, es decir, con tres o cinco puertas y ventanas laterales detrás del conductor.
Cabe recordar que en agosto del año pasado, el Ministerio de Trasporte y Comunicaciones (MTC) solicitó el bloqueo del servicio de traslado en moto de pasajeros que ofrecieron las aplicaciones de taxi DiDi y Picap.
#MTCInforma📢 | ¡Didi moto y Picap NO VAN!
— Ministerio de Transportes y Comunicaciones (@MTC_GobPeru) August 16, 2023
El servicio de taxi en moto está prohibido❌. El #MTC ha requerido a los operadores de Internet el bloqueo inmediato de estos aplicativos. #Ahora #Actualidad #LoÚltimo #MotoTaxi
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Franklin Barreto, exjefe de investigación de accidentes de tránsito de la PNP, asevera que el servicio de taxi en moto incrementa las posibilidades de que ocurran accidentes de tránsito. Barreto explicó a El Comercio que mantener el equilibrio en una motocicleta lineal depende mucho de la pericia del conductor. El experto detalla que el motociclista debe de tener en cuenta que su acompañante representa un tipo de carga que no es estática, por lo que puede ocasionar una desestabilización.
En esa línea, Barreto mencionó que una persona no acostumbrada a viajar en motocicleta puede realizar un mal movimiento o tener una compostura inadecuada que ocasione la pérdida de la estabilidad del vehículo.
Además, Barreto señaló que otro factor a tomar en cuenta es el casco de seguridad, el cual debe proteger al ocupante en caso de un accidente. “El casco de seguridad no puede ser de talla estándar. Su función es no permitir que la cabeza se mueva. Si este no se encuentra bien adherido, puede ocasionar lesiones severas si la persona cae”, sostuvo. No obstante, este Diario encontró que algunos conductores de este servicio ilegal de taxi en moto utilizaban y entregaban a sus pasajeros un casco de scooter.
Barreto llamó la atención sobre la inexistencia de una regla que estipule las características para el casco de los conductores de motocicleta. Por increíble que parezca, esto les permite conducir hasta con un casco de bicicleta.
“A pesar de que el artículo 105 del Reglamento Nacional de Tránsito obliga al conductor y acompañante de una motocicleta usar un casco protector, no existe una norma que regule las características que debe tener el casco. Entonces, la policía se limita a verificar si el chofer tiene un casco o no sobre la cabeza, aunque no le proteja”, subra
Todo esto ocurrió a solo unos metros de un policía de tránsito, quien se ocupaba de la circulación de los vehículos. Al respecto Barreto indicó que si un efectivo no interviene ni comunican de inmediato a sus mandos directos sobre la falta, contraviene el reglamento de la Policía Nacional.
“Además, estaría incurriendo en un delito contra la administración pública por omitir actos funcionales. Esto, de acuerdo, al artículo 377 del código penal podría ameritar una pena privativa de la libertad de hasta 2 años”, advirtió Barreto.
Faltas | Sanción |
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Motos lineales realizando taxi | Prohibido por la Ley 27189 |
Casco inseguro usado por conductores y pasajeros de moto | El Reglamento Nacional de Tránsito no especifica qué condiciones debe tener un casco para los conductores y pasajeros de moto. Solo sanciona su falta de uso. |
Combi detenida en luz verde interrumpiendo el tránsito | Infracción M21 (Muy Grave) del RNT: Estacionar interrumpiendo totalmente el tránsito S/618 de multa y remoción del vehículo como medida preventiva. Infracción G08 (Grave) del RNT: No utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga. S/412 de multa Infracción G11 (Grave) del RNT: Detenerse sobre un paso peatonal S/412 de multa y remoción del vehículo como medida preventiva. |
Combi recoge pasajeros en paraderos no autorizados | Infracción G56 (Grave) del RNT: Recoger o dejar pasajeros fuera de los paraderos de ruta autorizados, cuando existan. S/412 de multa |
Peatones cruzan en semáforo rojo | Infracción A05 (Muy Grave) del RNT: No respetar las señales que rigen el tránsito. S/103 de multa |
Uso fraudulento de la tarjeta para ingresar al sistema | Artículo 438 del Código Penal: Falsedad genérica. Existe una suplantación de identidad al dejar que utilicen su tarjeta y obtiene un provecho económico con ello. Podría recibir una sanción de entre 2 a 4 años. |
Venta ambulatoria en la entrada de la estación | Multa no especificada ni por la Línea 1 ni la Municipalidad de La Victoria. |
Personas cruzan la calzada y saltan sobre la baranda | Infracción A02 (Muy Grave) del RNT: Cruzar de manera intempestiva o temerariamente la calzada, sin respetar las normas tránsito. S/103 de multa |
Reparar vehículos en la vía pública | Infracción G55 (Grave) del RNT: Utilizar la vía pública para efectuar reparaciones, salvo casos de emergencia. S/412 de multa y remoción del vehículo como medida preventiva. |
Por otro lado, este Diario encontró que, a pesar de la luz verde, al menos 1 combi permanecía detenida durante toda la duración del semáforo (60 segundos) para recoger pasajeros, interrumpiendo así la circulación del tránsito vehicular. Barreto indicó que esto representa una infracción de tránsito, pues “los vehículos de transporte público solo pueden detenerse para dejar o recoger pasajeros, no para retardar el tránsito”.
El experto señaló que esta mala práctica representa tres infracciones del Reglamento Nacional de Tránsito (RNT): Estacionar interrumpiendo totalmente el tránsito, una falta muy grave con una multa S/618; no utilizar el carril derecho para recoger pasajeros; y detenerse sobre un paso peatonal. Las dos últimas faltas se sancionan con una multa del S/412.
Asimismo, El Comercio detectó que, cada dos minutos, al menos una combi recogía pasajeros luego de cruzar el semáforo. Barreto indicó que “los vehículos de transporte público solo pueden detenerse en lugares autorizados”. De lo contrario, también estarían cometiendo una falta grave que se sanciona también con S/412.
El ruido generado por la congestión vehicular superaba los 75 decibelios (dB), un umbral a partir del cual puede comenzar a haber daños auditivos.
Por otra parte, se observó que más de treinta peatones no respetaban la luz roja del semáforo ni utilizaban los pasos peatonales, exponiendo así su integridad. Al respecto, Barreto mencionó que esta acción puede acarrear una multa de S/103, conforme al RNT, al no respetar una señal que rige el tránsito.
Entre facilitadores de tarjeta y ambulantes
La entrada a la estación Arriola también es escenario de faltas a la ley de diversa índole. Una de las más graves es la presencia de personas que, a cambio de dos soles, utilizan su tarjeta para permitir el ingreso de otros ciudadanos a la estación. Una señora hizo pasar a al menos 15 personas en 30 minutos.
De acuerdo con la abogada Liliana Calderón, este uso fraudulento de la tarjeta para ingresar al sistema corresponde al delito de falsedad genérica. “Existe una suplantación de identidad al dejar que utilicen su tarjeta y obtiene un provecho económico con ello”, explicó. La especialista mencionó que esto podría acarrear una sanción de entre 2 a 4 años.
Asimismo, se observó a seis vendedores ambulantes, a pesar de un cartel que prohíbe esta actividad en las inmediaciones de la estación. No obstante, la falta de fiscalización permite su presencia bajo las rieles y en la Av. Arriola.
En comunicación El Comercio, Manuel Tafur, subgerente de Fiscalización de la Municipalidad de La Victoria, declaró que el ingreso a la estación es un “espacio concesionado a la Línea 1″, por lo que no corresponde a la comuna el retiro de los vendedores.
Además, indicó que al ser la Av. Arriola una “vía pública”, la sanción del comercio ambulatorio “compete a la Municipalidad Mayor de Lima (MML)”. “La Municipalidad de La Victoria solo realiza operativos de prevención contra el comercio ambulatorio en la vía pública, es decir, notificamos a los vendedores ambulantes que pueden ser sancionados. Ejecutar la penalización corresponde a la MML”, aseguró Tafur. “Nosotros realizamos operativos con el personal de fiscalización de la MML. Pero el problema es sostener estas acciones, porque luego de dos días los ambulantes vuelven a aparecer”, agregó.
Además, El Comercio captó a ciudadanos que sobrepasaban las rampas que separan la estación de la vía pública, exponiéndose así al riesgo de ser atropellados. Esto ocurrió al menos 25 veces mientras los autos permanecían detenidos por el semáforo. Cruzar de manera intempestiva o temerariamente la calzada sin respetar las normas tránsito es una falta muy grave con una multa de S/103.
Este Diario también encontró a a trabajadores de talleres mecánicos que habían colocado sus materiales de trabajo en plena avenida y reparaban 2 autos que ocupaban el espacio público. Al respecto, Tafur reiteró que la sanción de esta falta corresponde a la MML por realizarse en una vía pública.
De esta forma, se registraron al menos 120 faltas en el lapso de media hora en la entrada y las áreas cercanas a la estación Arriola de la Línea 1. Es decir, cada minuto se comete un promedio de 4 faltas.