La iniciativa legislativa se sustenta en los proyectos de ley 696/2021 y 4702/2022. (Foto: El Peruano)
La iniciativa legislativa se sustenta en los proyectos de ley 696/2021 y 4702/2022. (Foto: El Peruano)
Redacción EC

Durante sesión plenaria, el Congreso de la República aprobó la norma que modifica la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del , que beneficiará a los trabajadores contribuyentes y les facilitará la devolución parcial con cargo a una posterior cancelación. Además, reconocer el derecho de devolución de dinero de los trabajadores que contribuyeron, en el caso de fallecimiento, a sus herederos.

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La iniciativa logró 110 votos a favor, cero en contra y una abstención. Fue exonerada de segunda votación. Cabe indicar que está sustentada en los proyectos de ley 696/2021 y 4702/2022.

Ahora, se espera la publicación del reglamento en el diario oficial El Peruano. Luis Luzuriaga, representante de los fonavistas indicó que a más tardar se haría oficial el 15 de octubre.

En tanto, Rosangella Barbarán Reyes de Fuerza Popular y presidenta de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, indicó que para concretar esta medida se modifica el artículo 4 de la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, y se incorpora el artículo 4 –A.

Aprueban reglamento

Cabe recordar que, el pasado jueves 3 de agosto, la Comisión ad hoc aprobó el reglamento para empezar con los pagos a los fonavistas según la última sentencia del Tribunal Constitucional (TC). El último paso es que sea publicado como decreto supremo en el diario oficial El Peruano.

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La iniciativa, que fue aprobada por mayoría, busca otorgar liquidez a los exaportantes del Fonavi “permitiendo por tanto mejorar las condiciones para el desarrollo de la población”.

Asimismo, la Comisión ad hoc deberá atender, como prioridad, a las personas mayores de 65 años, a quienes están registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a los que tienen alguna enfermedad grave o terminal, ya sean los titulares o sucesores.

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