Desde el 29 de noviembre de 2015, cuando entró en vigencia el Decreto Legislativo N° 1194, que regula el proceso penal inmediato, el Poder Judicial informó que se han registrado un total de 721 casos de flagrancia que involucran a 795 enjuiciados en las seis cortes superiores de justicia que funcionan en Lima Metropolitana y Callao
La Corte Superior de Justicia de Lima Este (212) es la que cuenta con mayor número de procesos inmediatos, seguida de las cortes superiores de justicia de Lima Centro (196), Lima Norte (139), Callao (101), Lima Sur (57) y Ventanilla (16), según estadísticas proporcionadas por la Coordinación Nacional de Flagrancia del Poder Judicial.
DELITOS MÁS COMETIDOS
Con relación a los delitos flagrantes de mayor incidencia, 157 son por hurto, 143 por robo, 96 por conducción en estado de ebriedad y 88 por omisión a la asistencia familiar (no cumplimiento de obligaciones económicas). El Poder Judicial informó que en menor medida están los procesos por delitos de violencia y resistencia a la autoridad, lesiones, corrupción de funcionarios, entre otros.
En la mayoría de los 721 casos de flagrancia conocidos en las cortes superiores de justicia ya se han dictado sentencia, debido a que los encausados se acogieron a la figura jurídica de terminación anticipada. Bajo esta figura se resuelve en solo horas o días lo que en un proceso común y ordinario hubiera durado más de 12 meses.
¿EN QUÉ CASOS SE APLICA LA FLAGRANCIA?
Existe flagrancia cuando el agente o autor del delito es descubierto en la realización del hecho punible, o acaba de cometerlo y es descubierto.
También cuando el autor del delito ha huido, pero fue identificado durante o inmediatamente después de la perpetración del hecho punible y es encontrado en las 24 horas de producido el delito.
Existe, asimismo, flagrancia cuando el agente es encontrado en las 24 horas después de la perpetración del delito con efectos o instrumentos procedentes de aquel.